INDICACIONES GENERALES - DE OBLIGATORIA LECTURA Y CUMPLIMIENTO 1
LP Pasión por el derecho
- Clase1.1
SESIÓN 1: JURISDICCIÓN, ACCIÓN Y COMPETENCIA 1
Jaime Heredia Tamayo
SESIÓN 2: SUJETOS DEL PROCESO 1
Jaime Heredia Tamayo
SESIÓN 3: LA DEMANDA Y CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA 1
Ángela Cámara
SESIÓN 4: MEDIOS PROBATORIOS I 1
Fort Ninamancco Córdova
SESIÓN 5: MEDIOS PROBATORIOS II 1
Christian Delgado Suarez
SESIÓN 6: REPRESENTACIÓN PROCESAL 1
Christian Delgado Suarez
SESIÓN 7: REBELDÍA Y SANEAMIENTO 1
Christian Delgado Suarez
SESIÓN 8: PROCESO CAUTELAR 1
María Elena Guerra Cerrón
SESIÓN 9: INTERVENCIÓN DE TERCEROS, EXTROMISIÓN Y SUCESIÓN PROCESAL 1
Fort Ninamancco Córdova
PRIMER EXAMEN 1
Examen objetivo
SESIÓN 10: PROCESO CONTENCIOSO - CONOCIMIENTO 1
Rafael Inga Méndez
SESIÓN 11: PROCESO ABREVIADO 1
Rafael Inga Méndez
SESIÓN 12: PROCESO SUMARÍSIMO 1
Fort Ninamancco Córdova
SESIÓN 13: ACUMULACIÓN Y LITISCONSORCIO 1
Jaime Heredia Tamayo
SESIÓN 14: PROCESOS NO CONTENCIOSOS 1
Juan Carlos del Aguila
SESIÓN 15: PROCESO EJECUTIVO 1
Ursula Caro Tumba
SESIÓN 16: FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO 1
Fort Ninamancco Córdova
SESIÓN 17: MEDIOS IMPUGNATORIOS 1
Fort Ninamancco Córdova
SESIÓN 18: ORALIDAD EN EL PROYECTO DE REFORMA DEL CPC 1
Fort Ninamancco Córdova
SEGUNDO EXAMEN - EXAMEN FINAL 1
Examen objetivo
SESIÓN 19: AUDIENCIA PRELIMINAR Y SU ESTRUCTURA 1
Carlos Polanco Gutiérrez
SESIÓN EXTRA: TEMAS VARIOS 1
Luis Alfaro Valverde
SESIÓN 20: DISEÑO DE ALEGATOS DE APERTURA Y CLAUSURA 1
Carlos Polanco Gutiérrez
TALLER: REDACCIÓN DE ESCRITOS 1
Fort Ninamancco Córdova
SESIÓN EXTRA: PROCESO SUMARÍSIMO 1
Juan Carlos del Aguila
SESIÓN EXTRA: BIENES PROPIOS Y SOCIALES 1
Julio Cesar Escobar Andia
SESIÓN ASINCRÓNICA: PRINCIPIOS JURÍDICOS PROCESALES E INSTITUCIONES PROCESALES RELEVANTES 1
Renzo Cavani
SESIÓN MAGISTRAL: EL ARBITRAJE COMO UN MECANISMO ALTERNATIVO DE SOLUCIÓN DE CONFLICTO 1
Mario Castillo Freyre
SESIÓN ASINCRÓNICA: PROCESOS NO CONTENCIOSOS 1
Luis Alfaro Valverde
- Clase30.1
SESIÓN DE REFORZAMIENTO: MASA HEREDITARIA 1
Juan Carlos del Aguila Llanos
SESIÓN DE REFORZAMIENTO: INSTITUCIÓN DE HEREDEROS O LEGATARIOS 1
Julio César Escobar Andía
CLASE DE REFORZAMIENTO: PENSIÓN ALIMENTARIA 1
Manuel Bermúdez Tapia
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Ok
Hola. Era necesario en consecuencia que quien compre analice el historial de por lo menos 1 año para evitar la preferencia en la compra (del primer copropietario) como parte conformante de la buena fe procesal (que en este caso no basta con la publicidad).
exelente ponencia Dr.
Dr. una consulta es procedente la demanda de restitucion del bien de un contrato con clausula de allanamiento a futuro sin firma legalizada en razón de que la ley no establece bajo sancion de nulidad sin en caso no se legaliza la firma no es una formalidad AB SOLENITATEM muchas gracias Dr.
Buenas Noches estimado Dr. Rafael Inga, acerca sobre Prescripción Adquisitiva, el caso es que, son tres hermanos que vivieron mas de treinta años viviendo en esa propiedad (contiene tres pisos, fue construido por sus padres, cada hermano conformo su familia y viven en esa propiedad), pero solo uno de ellos procede a realizar la demanda sin colocar a los hermanos como propietarios y después decide vender por ser único propietario, ¿Qué se puede hacer en ese caso sobre la Prescripción Adquisitiva? ¿Qué pueden hacer los hermanos, ya que cada uno apoya económicamente los gastos del bien inmueble?, gracias.
Buenas noches Dr. Se compro un bien inmueble hace 40 años de 2700 mts. cuadrados con documento de compraventa imperfecta luego se protocolizó, pero al inscribir en RR.PP se consignó solamente 1500 metros cuadrados y así figura en en la ficha Registral en el año 2000, Posteriormente en el año 2011 COFOPRI lo formaliza con el mismo área de 1500 metros cuadrados, por los 1200 metros omitidos ¿ procede la rectificación de áreas? y ¿contra quien se plantea?
Estimado Dr. para precisar la pregunta, la subasta es una forma de contratar regulada de la forma siguiente: “Artículo 1389º.- En la subasta, la convocatoria es una invitación a ofrecer y las posturas son las ofertas. La obligatoriedad de cada postura cesa desde que se formula otra mejor. El contrato se celebra cuando el subastador adjudica la buena pro al postor que hasta ese momento ha formulado la mejor postura válida.”. En este sentido, el retracto se podría ejercer en una venta hecha en una subasta porque el que vende es el propietario. Esto es distinto a un remate judicial,… Read more »
Estimado alumno, por favor, resuma su pregunta.
Buenas noches doctor, se puede tramitar un desalojo por ocupante precario por la vía del abreviado o todos los desalojos se tramitan por la vía sumarísima?
buenas noches, en el caso de coopropiedad la demanda seria division y particion?, y alguna medida de cautelar porfavor.
gracias
Dr. en un proceso de desalojo el juez puede aparte de los plenos Casatorios del IV Y IX , muchas gracias
Dr. una consulta porque no hay prescripcion entre hermanos y cual es la base legal.muchas gracias
Se va el vídeo varias veces
Estimado, debe presionar la tecla F5 para actualizar. Puede ser su conexión a internet.
Sobre la tercería preferente de pago, Es necesario que exista un proceso entre A(demandante) y B/(Demandado) , para que C ( Quien acredita tener un mejor derecho para cobrar que A) ,para que pueda darse esta pretensión ? o se puede dar una vez que concluyo el proceso, antes de la ejecución forzada?. Gracias.
Dr, si A y B son copropietarios y A vende a C y B se entara de la venta cuando ya fallecio A, procede el retracto? o que figura se aplicaria al caso?
Dr. ¿ en este ejemplo último ejemplo, se podría interponer una medida cautelar en el juzgado que está en proceso del caso del A?
Buenas noches Dr. dado el caso que una compra venta de hace 10 años solo se dio con una minuta el que no fue elevada a escritura publica ni inscrita en la sunarp , con esta minuta se podría inscribir aun en la sunarp. o que proceso se podría iniciar. o se interpondría la prescripción adquisitiva.
el copropietraio fallecio
En caso de la expropiación, a quien se demanda especificamente?
1) Buenas noches Doctor, el retracto es materia conciliable
2) Si A y B, son copropietarios de un inmueble, A lo comunica dentro del plazo a vender su parte, pero en una suma muy elevada, y B no lo puede comprar y el plazo ya pasó, A al ver que B no le puede comprar, lo vende a C, por una suma menor de lo que lo ofreció a B, B podría hacer su retracto, pidiendo que vendan en el mismo precio. Seria procedente la demanda.
Buenas noches Dr. , desde su punto de vista quien tendría mejor derecho ¿el de tercero de buena fe o el de retracto?
Buena noche. En el caso de una propiedad de herencia que es ocupada solo por uno de los hijos, quien inscribió su posesión en un Juzgado de Paz no letrado y vendió parte del predio a un tercero, ¿Cómo pueden proceder los demás herederos para reclamar y recuperar la totalidad del bien? ¿Puede el tercero retener el bien por haber comprado de buena fe o por tercería preferente?
Gracias.
Podría pedir Prescripción adquisitiva teniendo en cuenta que se tiene posesión desde 1990, se hizo una compraventa de transferencia de derechos posesorios y no es hasta el 2020 que denuncian a esta persona por usurpación. ¿Aún sería factible la prescripción?
En la tercería ¿no cree que debería ser considerado como documento de “fecha cierta” el voucher de depósito bancario que tenga anotado como referencia la compra del bien? y/o correos electrónicos entre las partes que adjuntan el voucher de pago haciendo la referencia a la compra venta? ¿Cree que ello debería ser considerado en un proyecto de reforma al CPC?
Gracias.
DR. CON RESPECTO AL DERECHO DE PROPIEDAD OPONIBLE AL DERECHO DEL ACREEDOR EMBARGANTE, EXISTE ALGUN PLAZO MINIMO PARA DETERMINAR LA ANTIGUEDAD DE LA FECHA CIERTA, PUES EN UNA DEMANDA PRESNETE MEDIDA CAUTELAR QUE FUE ADMITIDA PERO EL JUZGADO DEMORO TRES MESES PARA EMITIR LOS PARTES REGISTRALES PARA LA INSCRIPCION, EN ESE LAPSO EL DEMANDADO VENDIO DICHO INMUEBLE Y LO REGISTRO DIAS ANTES DE QUE SE REGISTRE LA MEDIDA CAUTELAR; ANTE ELLO ACREDITE LA CONDUCTA FRAUDULENTA DEL DEMANDADO Y SE LOGRO LA INSCRIPCION DE DICHO BIEN, QUE OPINION LE MERECE ESTE HECHO, GRACIAS
Podria dar un caso sobre titulo supletorio ?
Buenas noches, una consulta dr.
En el retracto,¿ el vendedor debe avisar al copropietario del mismo bien , que va a vender su parte ? ¿ A traves de un tramite o escrito? o puede ser verbal? Gracias.
Prof. Rafael.
En una demanda de Prescripción Adquisitiva ¿Cómo se puede identificar la cuantía del inmueble, es decir, en qué prueba nos basamos para asignar el valor real del inmueble y de esa forma postular la demanda ante el juzgado competente?
Dr. una consulta es nula la sentencia que el Juez, no se ha resolvido ni resuelto sobre la nulidad manifiesta en el proceso de desalojo, y si en la tacha se ha acompañado como prueba una pericia grafotecnica indicando que la firma falsa en el contrato y el Juez, lo rechaza en razón de que no es una prueba de actuacion inmediante en el proceso de desalojo es procedente ello.
Dr. procedela prenscripcion de propiedad entre hermanos en razón del que se encuntra poseyendo B ha realizado una minuta de compra venta en el año 2007 con la misma vendedora de la actual propietaria A, en el año 1984 es decir antes de la supuesta venta que le hiciera a B que ha presnetado la demanda de prencripcion corta con esta minuta de compra venta, haciendo presente que B DEMANDO A LA PROPIETARIA A sobre nulidad de acto jurídico osea habiendo ya conflicot procederia la presncripcion ya que debe ser de manera , pacifica y pública, gracias
Una pretension de obligacion de dar suma de dinero que no supera 100 URP, que juez es competente, teniendo en cuenta el articulo 488 el CPC?
Buenas noches Dr. con respecto al Retracto nos ha referido de 30 dias y de 1 año en que diferencia de los dos plazos.
Buenas noches
Dr. buenas noches, en el ejemplo del retracto, de los copropietarios A y B. Planteo el caso en que A vendió a C la parte que le correspondía y “B” deja transcurrir el plazo de los 30 días o de un año ya sea por haber tomado conocimiento de la venta por parte de “A” o por la presunción del principio de publicidad, perdiendo así el ejercicio del retracto. Pero mi pregunta es la siguiente ¿Podría B ejercitar otra vez el rectracto si es que “C” quiere vender la misma parte del bien a otra persona llamada “D”? es decir,… Read more »
Respecto del Artículo 1601, por favor a qué se refiere cuando dice, “…este derecho se refiere a la primera enajenación sólo por el precio, tributos, gastos e intereses de la misma.
Buenas noches, presente
si el vendedor ya fallecio y se entera de la venta del copropietario luego de su fallecimiento del vendedor, procede el retracto? o que figura se aplicaria al caso?.
Respecto del ejemplo donde A vende sus derechos a “C” excluyendo a su copropietario “B” y que que posteriormente “C” vende a “D” y ésta a “D”. Asumo que “D” compró de buena fe y al amparo del artículo 2014 del C.C.
Ud mencionó que ante la eventual demanda de “B” por Retracto, éste resultaría ganador por mérito del Art. 1601.
Pregunta: ¿Por qué razón legal debe prevalecer el Art 1601 sobre el 2014°
Buenas noches Dr., si A y C son copropietarios, el predio esta inscrito en registros públicos a nombre de ambos, ¿ como puede la notaria hacer el proceso de venta, si no asisten ambos copropietarios a realizar la venta del predio?, mi opinión es qué este proceso es inválido.
Buenas noches
gana el B porque no tenia buena fe, porque no verifico que en RRPP conste la comunicación al copropietario (B) la intención de venta o el rechazo del copropietario (B) a comprar la parte que estaba en venta. Además, se cumple con la finalidad de la norma: consolidar la propiedad.
El derecho de retracto se puede ejercer en una venta hecha mediante una subasta pública, en vista que es una forma de contratar (el vendedor es el propietario), que es distinta a un remate público donde el vendedor no es el propietario sino un tercero (juez o ejecutor coactivo) en ejercicio de su poder público.
CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE CONCESION DE APELACION SIN EFECTO SUSPENSIVO CON LA CALIDAD DIFERIDA Y SIN LA CALIDAD DIFERIDA?