? IMPORTANTE 1
- Clase1.1
MATERIAL EXTRA DEL DIPLOMADO- JURISPRUDENCIA, VÍDEOS, DOCTRINA | ? 1
- Clase2.1
PROYECTO DE REFORMA DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL | ? 1
- Clase3.1
SESIÓN 1: PRINCIPIOS JURÍDICOS PROCESALES E INSTITUCIONES PROCESALES RELEVANTES 3
Ponente especialista: RENZO CAVANI | ??
- Clase4.1
- Clase4.2
- Clase4.3
SESIÓN 2: PRESUPUESTOS PROCESALES Y CONDICIONES DE LA ACCIÓN 3
Ponente especialista: MARIA ELENA GUERRA CERRÓN | ??
- Clase5.1
- Clase5.2
- Clase5.3
SESIÓN 3: TUTELA JURISDICCIONAL Y DEBIDO PROCESO 3
Ponente especialista: RENZO CAVANI | ??
- Clase6.1
- Clase6.2
- Clase6.3
SESIÓN 4: POSTULACIÓN AL PROCESO, ACTUACIÓN DEL DEMANDADO Y ACTOS PROCESALES DEL JUEZ 3
Ponente especialista: FORT NINAMANCCO CÓRDOVA | ??
- Clase7.1
- Clase7.2
- Clase7.3
SESIÓN 5: SANEAMIENTO PROCESAL, FIJACIÓN DE PUNTOS CONTROVERTIDOS Y MEDIOS PROBATORIOS 3
Ponente especialista: JUAN CARLOS DEL ÁGUILA | ??
- Clase8.1
- Clase8.2
- Clase8.3
SESIÓN 6: PROCESOS NO CONTENCIOSOS 3
Ponente especialista: LUIS ALFARO VALVERDE | ??
- Clase9.1
- Clase9.2
- Clase9.3
SESIÓN 7: PROCESOS DECLARATIVOS - PROCESO DE CONOCIMIENTO 3
Ponente especialista: RAFAEL INGA MÉNDEZ | ??
- Clase10.1
- Clase10.2
- Clase10.3
SESIÓN 8: PROCESOS DECLARATIVOS - PROCESO ABREVIADO 3
Ponente especialista: JHOEL CHIPANA CATALÁN | ??
- Clase11.1
- Clase11.2
- Clase11.3
SESIÓN 9: PROCESOS DECLARATIVOS - PROCESO SUMARÍSIMO 3
Ponente especialista: JUAN CARLOS DEL ÁGUILA | ??
- Clase12.1
- Clase12.2
- Clase12.3
EXAMEN N° 1 - EXAMEN PARCIAL | ? 1
EXAMEN OBJETIVO DE 10 PREGUNTAS
- Clase13.1
SESIÓN 10: TUTELA EJECUTIVA 3
Ponente especialista: JHOEL CHIPANA CATALÁN | ??
- Clase14.1
- Clase14.2
- Clase14.3
SESIÓN 11: TUTELA CAUTELAR 3
Ponente especialista: MARÍA ELENA GUERRA CERRÓN | ??
- Clase15.1
- Clase15.2
- Clase15.3
SESIÓN 12: REPRESENTACIÓN PROCESAL, ACUMULACIÓN Y DESACUMULACIÓN 3
Ponente especialista: LUIS ALFARO VALVERDE | ??
- Clase16.1
- Clase16.2
- Clase16.3
SESIÓN 13: MOTIVACIÓN, COSA JUZGADA Y LA NOTIFICACIÓN EN EL PROCESO 3
Ponente especialista: JHOEL CHIPANA CATALÁN | ??
- Clase17.1
- Clase17.2
- Clase17.3
SESIÓN 14: FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO 3
Ponente especialista: JHOEL CHIPANA CATALÁN | ??
- Clase18.1
- Clase18.2
- Clase18.3
SESIÓN 15: IMPUGNACIÓN PROCESAL - PARTE GENERAL 3
Ponente especialista: RENZO CAVANI | ??
- Clase19.1
- Clase19.2
- Clase19.3
SESIÓN 16: IMPUGNACIÓN PROCESAL - PARTE ESPECIAL 3
Ponente especialista: RENZO CAVANI | ??
- Clase20.1
- Clase20.2
- Clase20.3
SESIÓN 17: EL PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN EN EL MARCO DE LA ORALIDAD CIVIL 3
Ponente especialista: CARLOS POLANCO GUTIÉRREZ | ??
- Clase21.1
- Clase21.2
- Clase21.3
SESIÓN 18- Sesión de regalo: LA AUDIENCIA PRELIMINAR Y SU ESTRUCTURA 3
Ponente especialista: CARLOS POLANCO GUTIÉRREZ | ??
- Clase22.1
- Clase22.2
- Clase22.3
SESIÓN 19: EL DISEÑO DE LOS ALEGATOS DE APERTURA Y EL DISEÑO DE LOS ALEGATOS DE CLAUSURA 3
Ponente especialista: CARLOS POLANCO GUTIÉRREZ | ??
- Clase23.1
- Clase23.2
- Clase23.3
SESIÓN 20: EL CASE MANAGEMENT EN LOS PROCESOS CIVILES 3
Ponente especialista: FORT NINAMANCCO CÓRDOVA | ??
- Clase24.1
- Clase24.2
- Clase24.3
SESIÓN 21: LA ORALIDAD EN EL PROYECTO DE REFORMA DEL CPC 4
Ponente especialista: FORT NINAMANCCO CÓRDOVA | ??
- Clase25.1
- Clase25.2
- Clase25.3
- Clase25.4
EXAMEN N° 2 - EXAMEN FINAL | ? 1
EXAMEN OBJETIVO DE 10 PREGUNTAS
- Clase26.1
4 Preguntas
3 años atrás
presente
3 años atrás
Presente
3 años atrás
Presente
3 años atrás
Presente…
Presente
presente
PRESENTE
Presente
PRESENTE
PRESENTE
PRESENTE
Presente
PRESENTE
PRESENTE
presente
Presente en la sesión.
PRESENTE
Presente
pRESENTE
Dr. se multa al recurrente cuya casación es infundada. Esa multa no afecta el debido proceso?
12) ¿qué se hace frente a la improcedencia del recurso de casación? No hay forma de ir a la justicia supranacional?
Comentario: Si el a quo emite sentencia de fondo sustentandose en una ley derogada y el apelante no lo ha argumentado, el Superior sí debe anular la sentencia, por cuanto la tutela procesal efectiva exige que la causa se resuelva en base a la ley aplicable (vigente), esto es, se respete el principio de razonabilidad; entonces dicha sentencia al no cumplir con su finalidad, pues vulnera la tutela procesal efectiva, deviene en nula, de conformidad con el artículo 171 del CPC. El Superior no puede confirmar una sentencia prevaricadora
Se deberia establecer como requisito de procedibilidad de los recursos de casacion, el que solo se tramiten aquellos que ostenten una cuantia superior a determinado limite o que sean de cuantia trascendente. Ello a fin de evitar la proliferación de recursos de casacion interpuestos ante la Suprema con fines dilatorios.
11) Dr. en materia civil cuando se ha agotado la vía ordinaria, se activa la vía constitucional como sucede en el campo penal?
en reiteradas oportunidades el demandado de vf presenta dos recursos de apelación (suscritos por diferentes abogados apersonados), en ninguno de los recursos se hace mención alguna al otro; a veces referidos a distintos supuestos de causas de pedir; el A quo concede ambos recursos, esto es legal?
Dr. responda mi ultima pregunta por favor
10) Dr. si en un tema penal por ESTELEONATO, el juez sentencia para que paguen una reparación civil un monto X; y en otro punto: ordena la devolución de bien previa valorización. Sucede que también sobre el mismo caso se ha recurrido a la vía civil (nulidad de acto jurídico) donde se pretende la restitución del bien. Así como está la sentencia penal (que ordena la devolución del bien, previa valorización) daría cabida a que el juez civil declare infundada la demanda por sustracción de la materia controvertida. Lo que en realidad busca el agraviado es la restitución de su… Read more »
Por favor puede subir la diapositiva de esta clase – Impugnación- Parte Especial, es necesario contar con ella, se dijo que se iba subir en breve, sin embargo no se hizo..
Profesor, ¿existe jurisprudencia de Corte Suprema que precise o refiera que el petitorio recursal revocatorio impide al ad quem ofrecer pronunciamiento anulatorio en virtud del principio de congruencia? Si ello existe, ¿podría referir o proporcionar estas casaciones?
PRESENTE
La adhesión no es procedente en sentencias emitidas en un proceso sumarísimo, en atención al artículo 373 CPC. que solo confiere traslado de la apelación en procesos abreviados y de conocimiento. Que opina profesor?
Este comentario-pregunta, si bien esta fuera del tema sesionado, pidiendo las disculpas del caso por ello; sin embargo, está relacionado con la primera sesión que diste mi querido Renzo. Mi preocupación radica en que el Consejo Ejecutivo del PJ y Consejos Ejecutivos de cada Corte Superior vienen elaborando innumerables resoluciones administrativas para efectos de disponer el funcionamiento de los juzgados en este periodo de aislamiento; sin embargo, en muchas de ellas viene estableciendo normas procesales y en algunos casos modificando procedimientos preestablecidos en el CPC y en el Código de los Niños y Adolescentes, principalmente, como por ejemplo: estableciendo la… Read more »
Presente.
7) Dr. Hace mucha referencia a Eugenia. Nos puede dar mas luces para investigar
8) Dr. La Adhesión a la apelación sólo se da en litisconsortes?
9) ¿Puedo pedir copias del escrito de apelación antes que llegue a sala
como queda la nulidad de oficio, conforme lo dispuesto por el artículo 176 último párrafo, si se advierte en la segunda instancia, ante vicios insubsanables no advertidos por el apelante, por ejemplo que el A quo no se pronuncio sobre un punto controvertido.
Dr, En un caso, el Juez denegó apersonamiento de litisconsorte, este apelo y se le concedió recurso de apelación sin efecto suspensivo, sin embargo nunca se formo cuaderno para la elevación al superior jerárquico, antes emitió sentencia, siendo elevado primero el cuaderno principal a la Sala Civil, y cuando se percatan que existe el mencionado recurso de apelación, devuelven el expediente para que recién se forme el cuaderno pertinente ante el Juzgado de primera instancia, elevado ahora el cuaderno incidental, la Sala Civil se avoca al conocimiento de dicho cuaderno, pese a que esta en la misma el cuaderno principal… Read more »
5) Dr. qué diferencia hay entre inadmisible e improcedente?
6) Que pasa si no solicite informe oral (el apelante es la otra parte). No puedo intervenir
Profesor ¿se puede afirmar que tan o más importante es el interés recursal que la causa de pedir? La pregunta va porque advierto en los casos de violencia familiar (dictado de medidas de protección por el juez de familia) que los recursos de apelación están referidos básicamente a errores in procedendo, y el impugnante (victimario) no hace referencia alguna a la defensa que no pudo realizar a causa del vicio; ¿esto último no sería necesario que lo consigne como parte de su fundamentación recursal?
Profesor, si en audiencia una parte no asiste, ¿puede formular su apelación de la resolución emitida cuando sea notificado con la misma?
Hola
Profesor, respecto la adhesión a la apelación usted sostiene en su libro que vulnera la cosa juzgada. Sobre el particular, considero que existe un efecto tácito de la apelación cuando se interpone, el cual consiste en suspender la firmeza de aquellos extremos (o sub extremos) no apelados y que permite el supuesto de hecho en el cual el apelado podrà interponer su adhesión a la apelación y, con ello, tentar la reformatio in peius del apelante. Por supuesto, esta suspensiòn de la firmeza termina y se reanuda cuando es admitido el concesorio de la apelacion, extendiendose esta vez hasta el… Read more »
Presente
El Proyecto de Reforma del CPC aún mantiene que la apelación debe ser interpuesta ante el juez de la demanda tal como lo establece el CPC, aunque proponiendo que tal juez solo verifique el plazo, mas no otros requisitos. ¿No hubiese sido mejor, por economía y celeridad procesal, que la apelación sea interpuesta directamente ante el juez de impugnación?, tal como dice Eugenia Ariano.
De igual forma, dicho Proyecto aún prevé la apelación diferida; sin embargo, a decir de Eugenia Ariano la misma es inútil y debe desaparecer. ¿Se discutió ello en la elaboración del citado proyecto?
4) Dr. el art. 376 CPC habla de plazos bajo responsabilidad. ¿cómo y ante quien se reclama ese “bajo responsabilidad”?
Profesor, en el caso que el ad quem se percata que los fundamentos in iudicando (cuestiòn de hecho) alegada por el recurrente no resultan aplicables, pero nota que la sentencia apelada tiene como fundamento una ley derogada, ¿debe advertir ello a las partes antes de emitir sentencia de vista para permitir el contradictorio? No me queda dudas que puede fundar su decision en nuevos fundamentos (siempre en congruencia con el petitorio recursal), pero quisiera tener claro si acaso se exige que expresamente indique o refiera a las partes los argumentos que empieza a tomar en cuenta previo a emitir sentencia… Read more »
Presente.
PRESENTE
presente.
Presente
1) Dr. puede darnos un ejemplo como fundamentar el agravio: i) error de hecho; ii) error de derecho; iii) naturaleza del agravio y iv) sustentando la pretensión impugnatoria. Por favor
2) Dr. en Materia Penal, si me condenan a pena efectiva procede que su suspendan los efectos de la sentencia hasta que Sala se pronuncie?
3) ¿qué pasa si no absuelvo la apelación?
PRESENTE
Profesor, respecto la adhesión a la apelación usted sostiene en su libro que vulnera la cosa juzgada. Sobre el particular, considero que existe un efecto tácito de la apelación cuando se interpone, el cual consiste en suspender la firmeza de aquellos extremos (o sub extremos) no apelados y que permite el supuesto de hecho en el cual el apelado podrà interponer su adhesión a la apelación y, con ello, tentar la reformatio in peius del apelante. Por supuesto, esta suspensiòn de la firmeza termina y se reanuda cuando es admitido el concesorio de la apelacion, extendiendose esta vez hasta el… Read more »
DR. SI EN UN PROCESO DE ALIMENTOS YA CUENTA CON MEDIDA CAUTELAR DE ASIGNACION ANTICIPADA, SE EJECUTA LA SENTENCIA?,
Dr. Buenas noches. Una vez concedido el recurso de apelación y notificado este acto procesal, el apelante se desiste de este recurso, a quién corresponde resolver este pedido, si al conceder el recurso el Juez de primera instancia ya perdió competencia.
Agradezco por anticipado su respuesta.