-
INDICACIONES GENERALES 2
LP | Pasión por el derecho
-
Clase1.1
-
Clase1.2
-
-
SESIÓN 1: PRINCIPIOS PROCESALES Y SISTEMA ACUSATORIO 3
Francisco Celis Mendoza Ayma
-
Clase2.1
-
Clase2.2
-
Clase2.3
-
-
SESIÓN 2: DILIGENCIAS PRELIMINARES 3
Jorge Luis Temple Temple
-
Clase3.1
-
Clase3.2
-
Clase3.3
-
-
SESIÓN 3: INVESTIGACIÓN PREPARATORIA 2
Fabiola Apaza Toledo
-
Clase4.1
-
Clase4.2
-
-
SESIÓN DE REFORZAMIENTO: ASPECTOS PRÁCTICOS DE LA INVESTIGACIÓN FORMALIZADA 1
Henrry Coronado Salazar
-
SESIÓN 4: TUTELA DE DERECHOS 2
Luis Reyna Alfaro
-
Clase6.1
-
Clase6.2
-
-
SESIÓN 5: MEDIOS DE PRUEBA 2
Ronal Hancco Lloclle
-
Clase7.1
-
Clase7.2
-
-
SESIÓN 6: BÚSQUEDA DE PRUEBAS Y RESTRICCIÓN DE DERECHOS 2
Fabiola Apaza Toledo
-
Clase8.1
-
Clase8.2
-
-
SESIÓN 7: MEDIDAS DE COERCIÓN I 2
Frank Almanza Altamirano
-
Clase9.1
-
Clase9.2
-
-
SESIÓN 8: MEDIDAS DE COERCIÓN II 2
Frank Almanza Altamirano
-
Clase10.1
-
Clase10.2
-
-
SESIÓN 9: PRISIÓN PREVENTIVA; CESE Y PROLONGACIÓN 2
Jorge Pérez López
-
Clase11.1
-
Clase11.2
-
-
SESIÓN 10: MEDIOS TÉCNICOS DE DEFENSA 2
Frank Almanza Altamirano
-
Clase12.1
-
Clase12.2
-
-
SESIÓN 11: DETENCIÓN PRELIMINAR Y PROCESO INMEDIATO 2
Sofía Rivas La Madrid
-
Clase13.1
-
Clase13.2
-
-
PRIMER EXAMEN 1
-
SESIÓN 12: MOTIVACIÓN DE LAS RESOLUCIONES JUDICIALES EN AUDIENCIAS PREVIAS AL JUZGAMIENTO 2
Richard Concepción Carhuancho
-
Clase15.1
-
Clase15.2
-
-
SESIÓN 13: COLABORACIÓN EFICAZ 2
José Domingo Pérez
-
Clase16.1
-
Clase16.2
-
-
SESIÓN 14: ETAPA INTERMEDIA 2
Francisco Celis Mendoza Ayma
-
Clase17.1
-
Clase17.2
-
-
SESIÓN 15: JUICIO ORAL 2
José Antonio Neyra Flores
-
Clase18.1
-
Clase18.2
-
-
SESIÓN 16: DETERMINACIÓN JUDICIAL DE LA PENA 2
Víctor Prado Saldarriaga
-
Clase19.1
-
Clase19.2
-
-
SESIÓN 17: APELACIÓN 2
Edwar Álvarez Yrala
-
Clase20.1
-
Clase20.2
-
-
SESIÓN EXTRA: REDACCIÓN RECURSO DE APELACIÓN 1
Paolo Aldea
-
SESIÓN 18: ORGANIZACIÓN CRIMINAL 2
Marcial Paucar Chappa
-
Clase22.1
-
Clase22.2
-
-
SESIÓN 19: REVISIÓN, REPOSICIÓN Y QUEJA 2
Richard Concepción Carhuancho
-
Clase23.1
-
Clase23.2
-
-
SESIÓN 20: CASACIÓN 2
Frank Almanza Altamirano
-
Clase24.1
-
Clase24.2
-
-
SESIÓN 21: TALLER DE REDACCIÓN RECURSOS IMPUGNATORIOS 2
Walther Huayllani Choquepuma
-
Clase25.1
-
Clase25.2
-
-
SESIÓN 22: PRUEBA ILÍCITA 2
José Reaño Peschiera
-
Clase26.1
-
Clase26.2
-
-
CONFERENCIA MAGISTRAL INTERACTIVA: TEORÍA DEL CASO I 1
Andrés Baytelman Aronowsky
-
SESIÓN 23: TEORÍA DEL CASO II 2
Leonardo Moreno Holman
-
Clase28.1
-
Clase28.2
-
-
SESIÓN 24: DIRECCIÓN DE AUDIENCIAS 2
Francisco Celis Mendoza Ayma
-
Clase29.1
-
Clase29.2
-
-
CLASE MAGISTRAL: TUTELA DE DERECHOS 1
Jefferson Moreno Nieves
-
SESIÓN 26: INTERROGATORIO 2
Rosario Palacios Meléndez
-
Clase31.1
-
Clase31.2
-
-
SESIÓN 27: CONTRAINTERROGATORIO 2
Alejandro Decastro González
-
Clase32.1
-
Clase32.2
-
-
SESIÓN 28: INTRODUCCIÓN DE PRUEBAS Y PRUEBA DEMOSTRATIVA 2
Carla Pratt Corzo
-
Clase33.1
-
Clase33.2
-
-
SESIÓN 29: CONTRADICCIONES Y REFRESCAMIENTO DE MEMORIA 2
Juan Ortíz Benites
-
Clase34.1
-
Clase34.2
-
-
SESIÓN 30: INTERROGATORIO A PERITOS, Y TESTIGOS EXPERTOS 2
Ricardo Elías Puelles
-
Clase35.1
-
Clase35.2
-
-
SESIÓN 31: CONTRAINTERROGATORIO A PERITOS Y TESTIGO HOSTIL 2
Frank Almanza Altamirano
-
Clase36.1
-
Clase36.2
-
-
SESIÓN 32: OBJECIONES 2
Frank Almanza Altamirano
-
Clase37.1
-
Clase37.2
-
-
SESIÓN ASINCRÓNICA DE REFORZAMIENTO: LITIGACIÓN ESTRATÉGICA PARA JUICIO ORAL 1
Dalmiro Huachaca Sánchez
-
Clase38.1
-
-
SESIÓN ASINCRÓNICA DE REFORZAMIENTO: INTERROGATORIO Y REFRESCAMIENTO DE MEMORIA 1
Giuliana Loza Ávalos
-
Clase39.1
-
-
SEGUNDO EXAMEN 1
-
SESIÓN ASINCRÓNICA: OBJECIONES 1
Juan Carlos Portugal
-
Clase41.1
-
-
SESIÓN DE REFORZAMIENTO: JUICIO ORAL Y CASOS PRÁCTICOS 1
Juan Carlos Portugal
-
SESIÓN DE REFORZAMIENTO: REFRESCAMIENTO DE MEMORIA Y RESOLUCIÓN DE PREGUNTAS 1
Giuliana Loza Ávalos
-
SESIÓN 25 (REPROGRAMADA): ALEGATOS DE APERTURA 2
Jhuliana Atahuamán
-
Clase44.1
-
Clase44.2
-
-
CONFERENCIA MAGISTRAL: REDACCIÓN DE CASACIÓN PENAL 1
César San Martín Castro
-
CONFERENCIA MAGISTRAL: REALISMO PENAL 1
Eugenio Raúl Zaffaroni y Guido Croxatto
-
CONFERENCIA MAGISTRAL: UNIDADES DE FLAGRANCIA 1
Giammpol Taboada Pilco
-
Clase47.1
-
-
CONFERENCIA MAGISTRAL: IMPORTANCIA DE LA LITIGACIÓN ORAL EN AULAS UNIVERSITARIAS 1
Alberto Binder
-
Clase48.1
-
-
CONFERENCIA MAGISTRAL: ALEGATO DE CLAUSURA 1
Benji Espinoza Ramos
-
Clase49.1
-
-
CONFERENCIA MAGISTRAL: ESTÁNDAR PROBATORIO EN MEDIDAS CAUTELARES 1
César Nakazaki Servigón
-
Clase50.1
-
-
SEMINARIO: TÉCNICAS AVANZADAS DE CONTRAINTERROGATORIO 1
Alejandro Decastro González, Jefferson Moreno Nieves, Benji Espinoza Ramos, Juan Carlos Portugal Sánchez, Alfonso Bazán Cacique
2 Preguntas
1 año atrás
Buena tarde le saluda el Abogado Gulliano Gussepi Silva paz, podría por favor escribirme del número de WhatsApp que se ha destinado para las coordinaciones del desarrollo del curso al 942164179, gracias.
1 año atrás
El dr. Nakasaki y el dr. San Martin no realizarán ninguna ponencia?
Muchas Gracias Dr. Excelente ponencia!.
Con respeto a la importancia de daño resarcible y la actitud del imputado. En prision preventiva es una medida cautelar y, la reparacion civil se paga cuando hay una sentencia firme. Podria ahondar sobre lo mencionado anteriormente. Muchas gracias, Dr.
Ud Dr. que ha visto casos de trafico de drogas, esta es una pregunta de concepto, porque se impone penas mayores a traficantes internacionales y menores a traficantes nacionales, cuando deberia ser al reves, el traf. internacional tiene en la mira de su ilicito negocio otras sociedades, mientras que el traf. nacional deteriora nuestra sociedad, entonces a estos ultimos el estado deberia imponer las penas mas graves, ud. que opina..?
Probando…previo a enviar mi pregunta….
¿Que son los arraigos de calidad? o ¿las personas informales cumplen con arraigo de calidad para sustentar en un requerimiento de prision preventiva?.
¿el peligro de obstaculización tiene que ser concreto? en muchos requerimientos se consigna influirá en testigos, coimputados, etc., pero no se parte de ninguna situación en concreto o indicio.
Dr, como se tiene que entender el “comportamiento procesal en este y otros procesos”; en un caso la fiscalía planteo dicha situación solamente haciendo referencia a la imputación realizada
¿Guardar silencio o aplicar el principio de no autoincriminación a veces los jueces lo toman como indicios de mala de justificación o comportamiento procesal negativo?.
Dr., se cuestiona mucho la calidad de arraigo domiciliario cuando el imputado tiene su residencia habitual en un lugar distinto al consignado en su ficha RENIEC; en ese caso, ¿se puede ofrecer el acta de registro domiciliario donde se consignó que se encontró al imputado en dicho inmueble junto a su familia?
Dr, Jorge ! para definir los términos: las Disposición fiscal indica: prorroga o ampliación de la investigación (preparatoria o preliminar); y el termino de prolongación es para el caso de una preventiva; siguiendo con esa linea; en caso de un proceso comuni el fiscal dispone 4 mese, y luego advierte de un proceso complejo u organizado, solo por única vez podrá ampliar o adecuar el plazo a 9 u 12 meses; sin otro mas Dr. muchas gracias y éxitos!
Buenas noches, Dr. ¿El M.P. en su requerimiento de prision preventiva aplica indicios reveladores, el CPP señala graves y fundados elementos de convicción? ¿Por tanto no existe contradicciones en la norma?. Muchas gracias.
Dr. buenas noches. La prisión preventiva puede cesar una vez que se requiere la acusación?
Buenas noches a todos, el fiscal requiere 18 meses de prolongacion para una supesta banda criminial, presenta como nueva prueba , los obstaculos que orignno covid 19 segun el fiscal, de acuerdo al art 274. cual seria la mejor medida? ya que investigados llevan 18 meses privados de su ibertad. Gtacias, Caroll
Doctor, buenas noches. Clases o tipos de calidad de arraigo? Gracias.
Dr. buenas noches. ¿El hecho de que el imputado viva casa alquilada, puede significar que no tiene arraigo domiciliario?
Dr. Y a su criterio, como deberíamos entender la sospecha INICIAL SIMPLE, REVELADORA, SUFICIENTE y GRAVE?
Dr. buenas noches las felicitaciones por la la explicación clara referente a la prisión preventiva; cuando un juez A instala la audiencia de prisión preventiva de por crimen organizado, el juez A suspende la audiencia por salud y nombrar a otro juez B pero no la realiza debido a que vulnera al Principio de juez natural, luego presidencia nombra al juez C, los abogados presentan nulidad por un nulidad de acuerdo al art. 150 inc de CPP. ¿Que se vulnera el Principio de inmediación o el principio de juez natural?
Dr. Buenas noches. Desde la perspectiva de la defensa se puede exigir al juez realice un control de imputación en la audiencia de prisión preventiva, cuando se evidencie problemas de calificación jurídica, en el entendido que existen otras vias procesales como como la excepción de improcedencia de acción o tutela de derechos para esos efecyos, sino para exigirle que declare improcedente el pedido de prisión. Gracias.
Excelente exposición Dr. Jorge Perez!, la pregunta es : el investigado o imputado que se encuentre fugado o con orden de captura, puede apersonar a su abogado y ejercer su defensa, inclusive hasta la etapa de apelación?
¿Desde que etapa y hasta que etapa se puede pedir la prisión preventiva?
Buenas noches doctor. Mis preguntas son:
1. ¿Se puede celebrar una terminación anticipado durante la audiencia de prisión preventiva? O que pasaría si acepta sus delitos en plena audiencia ?
2. ¿ Cómo el MP puede saber o afirmar el peligro de fuga de una persona investigada?
Buenas noches con todos /presente
Si en un proceso de Lavado de activos que se inicio es en el 2018, en el que se investiga un hecho circunscrito entre los años 2011 a 2015, uno de los investigados enajeno en compraventa (año 2019) sus bienes adquiridos en 1996. Valga decir que al momento de la venta el año 2019 no tenia medida restrictiva alguna. La pregunta es ¿Podría decirse que existe argumento solido según lo narrado para sustentar un pedido de medida innovativa y que se declare la nulidad de transferencias de estas ventas realizadas por el investigado?
BUENAS NOCHES CON TODOS
Dr. Cuando Ud. dice que el estar buscado por la justicia y escondido en cuatro paredes es igual a estar detenido… hay que también tenerlo en cuenta, para que?
Buenas noches con todos!
Presente
Dr. Buenas noches, que sucede si el juez ordena prisiòn preventiva de una persona por 08 meses y culminado el proceso se absuelve al imputado del delito atribuido, ésta persona puede iniciar un proceso en contra del estado por daños y perjuicios.
Buenas tardes a todos, presente.
Buenas tardes, presente
Presente
Buenas Tardes!