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AVISO IMPORTANTE 1
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Clase1.1
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SESIÓN 1: ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO 2
Expositor: Oscar Pazo Pineda
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Clase2.1
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Clase2.2
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SESIÓN 2: TEORÍA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES 2
Expositor: Edgardo Rodríguez Gómez
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Clase3.1
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Clase3.2
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SESIÓN 3: PRINCIPIOS DEL TÍTULO PRELIMINAR DEL CPC 2
Expositor: Oscar Pazo Pineda
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Clase4.1
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Clase4.2
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SESIÓN 4: TEST DE PROPORCIONALIDAD I 2
Expositor: Oscar Pazo Pineda
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Clase5.1
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Clase5.2
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SESIÓN 5: TEST DE PROPORCIONALIDAD II 2
Expositor: Camilo Suárez
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Clase6.1
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Clase6.2
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SESIÓN 6: RECURSO DE AGRAVIO CONSTITUCIONAL 2
Expositor: Oscar Pazo Pineda
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Clase7.1
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Clase7.2
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SESIÓN 7: PROCESO DE AMPARO I 2
Expositor: Oscar Pazo Pineda
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Clase8.1
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Clase8.2
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SESIÓN 8: PROCESO DE AMPARO II 2
Expositor: Gonzalo Muñoz
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Clase9.1
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Clase9.2
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SESIÓN 9: PROCESO DE AMPARO III: IMPROCEDENCIA EN EL PROCESO DE AMPARO 2
Expositor: Omar Sar Suárez
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Clase10.1
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Clase10.2
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SESIÓN DE REFORZAMIENTO 2
Expositor: Oscar Pazo Pineda
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Clase11.1
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Clase11.2
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SESIÓN 10: PROCESO DE AMPARO IV: AMPARO CONTRA RESOLUCIONES JUDICIALES 2
Expositor: Omar Sar Suárez
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Clase12.1
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Clase12.2
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SESIÓN 11: PRIMER EXAMEN 2
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Clase13.1
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Clase13.2
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SESIÓN 12: CLASE MAGISTRAL: RÉGIMEN ECONÓMICO CONSTITUCIONAL Y JURISPRUDENCIA DEL TC 2
Expositora: Lourdes Flores Nano
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Clase14.1
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Clase14.2
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SESIÓN 13: PROCESO DE CUMPLIMIENTO 2
Expositor: Elard Ricardo Bolaños Salazar
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Clase15.1
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Clase15.2
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SESIÓN 14: PROCESO DE HÁBEAS DATA I 2
Expositor: Orlando Curaca (asesor jurisdiccional del Tribunal Constitucional)
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Clase16.1
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Clase16.2
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SESIÓN 15: PROCESO DE HÁBEAS DATA II 2
Expositor: Orlando Curaca (asesor jurisdiccional del Tribunal Constitucional)
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Clase17.1
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Clase17.2
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SESIÓN 16: PROCESO DE HÁBEAS CORPUS I 2
Expositor: Camilo Suárez López de Castilla (asesor jurisdiccional del Tribunal Constitucional)
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Clase18.1
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Clase18.2
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SESIÓN 17: PROCESO DE HÁBEAS CORPUS II 2
Expositor: Jefferson Moreno Nieves (abogado litigante)
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Clase19.1
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Clase19.2
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SESIÓN 18: PROCESO DE HÁBEAS CORPUS III 2
Expositora: Susana Castañeda Otsu
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Clase20.1
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Clase20.2
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SESIÓN 19: ACCIÓN POPULAR 2
Expositor: Óscar Pazo Pineda
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Clase21.1
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Clase21.2
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SESIÓN 20: PROCESO COMPETENCIAL 2
Expositor: Óscar Pazo Pineda
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Clase22.1
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Clase22.2
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SESIÓN 21: PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD I 2
Expositor: Óscar Pazo Pineda
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Clase23.1
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Clase23.2
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SESIÓN 22: PROCESO DE INCONSTITUCIONALIDAD II 2
Expositor: Óscar Pazo Pineda
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Clase24.1
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Clase24.2
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SESIÓN 23: CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 2
Expositora: Miguel Ángel Soria Fuerte
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Clase25.1
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Clase25.2
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SESIÓN 24: CONTROL DE CONVENCIONALIDAD Y SEGUNDO EXAMEN 2
Expositora: Beatriz Ramirez Huaroto
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Clase26.1
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Clase26.2
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AVISO 1
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Clase27.1
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SESIÓN 25: Últimos pronunciamientos del TC 1
Expositora: Vanessa Tassara
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Clase28.1
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36 Comentarios
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Repregunto ¿respecto a las sanciones impuestas por el juez, no vulnera el principio de legalidad, dado que la sancion debe estar preestablecida, asi como la movitacion de las reoluciones judiciales conllevando a la descresionalidad?
Si el reglamento del concejo municipal se aprueba por decreto de alcaldía, se recurre a impugnar este acto mediante proceso contencioso administrativo o por acción popular el reglamento en sí?
Buenas noches doctor, ¿La causal de improcedencia por litispendencia no iría en contra de la “firmeza sobrevenida”? 04780-2017-HC
un juez penal especializado que conoce de un proceso de habeas corpus ¿ puede enfrentarse a la sala que revoco su resolución? interponiendo el mismo un amparo contra el habeas corpus que la sala revoco que el conocio en 1er instancia ?
Presente
Doctor en un caso donde un local de funcionamiento, x ejemplo restaurante se cierra por no tener licencia, (la cual valga decir, ya había sido solicitada en la municipalidad correspondiente pero aún no había sido otorgada) se interpone acción de amparo para que se declare la nulidad de dicha disposición y se alega que este negocio es el único sustento de su familia, la cual además tienen un familiar enfermo, por lo que se pone en riesgo no solo la libertad de empresa, el derecho al trabajo, sino la subsistencia de su familia, es viable declarar la improcedencia ya que debe acudir al proceso contencioso administrativo?
Sobre una pregunta anterior: El Reglamento Interno del Concejo se aprueba por Ordenanza Municipal, según la Ley Orgánica de Municipalidades. En ese sentido, sería susceptible de un proceso de inconstitucionalidad, no de una acción popular. ¿O hay otra interpretación?
Cuál sería el fundamento iusnaturalista en las demandas de amparo que podría hacer la administración pública contra resoluciones judiciales que reconozcan derechos que no corresponden?
presente . disculpe buenas noches
Doctor, una consulta, el hecho que el tribunal le de la carga, al demandante, de probar que la otra vía por la cual se puede resolver la controversia no es igualmente satisfactoria que la vía de amparo, esta causal de improcedencia no vuelve más complicado el proceso de amparo, vulnerando de esta forma el articulo 25 de la convención americana de derechos humanos, siendo que esta exige que los procesos sean rápidos, sencillos y eficaces ¿Podría la CIDH sancionar al Perú por esta razón?
muy buena su conferencia doctor.
Olvide registrar mi ingreso.
Excelente ponencia.
Buenas noches: tengo 2 preguntas: Qué recurso procede cuando en casación laboral declaran improcedente sin motivar su resolución y cuanto es el plazo?
Segunda pregunta: en un proceso laboral siendo el trabajador régimen 728 , la sala laboral declara la NULIDAD DE TODO LO ACTUADO reconduciendo hasta el momento de calificación de la demandada para que la vía sea la contenciosa administrativa; pero omite el PRECEDENTE VINCULANTE BAYLON FLORES, que indica que la vía es la ordinaria laboral, corresponde AMPARO o que recurso procede?
Segun lo expuesto en una demanda se debe calificar en primer orden los requisitos de admisibilidad y luego los de procedencia. Es correcto entonces que se declare inadmisible una demanda y una vez subsanada sea declarada improcedente? o se puede calificar su procedencia aun cuando existan omisiones advertidas, ya que ello no va variar la improcedencia de la demanda?
EN EL CASO DE UNA INVESTIGACION PRELIMINAR FISCAL QUE VULNERA EL DEBIDO PROCESO RESULTA PROCEDENTE LA ACCION DE AMPARO CONTRA EL MINISTERIO PUBLICO???
bs
En el concejo municipal de “X” lugar, se forman las distintas comisiones, y según el reglamento de dicho concejo, se prohíbe que los integrantes de tal comisión puedan fiscalizar asuntos de otra comisión. Si un regidor, que considera que la ley de la materia lo ampara para realizar fiscalización de diversos asuntos ediles, como una de sus funciones generales, este debe recurrir a un proceso de amparo para que se le restituya su derecho impedido por el reglamento, o la vía es el proceso de acción popular para que ese reglamento sea declarado contrario a la constitución?
Dr. Un ciudadano que se fue al extranjero y le declararon fallecido en reniec, ahora después de 20 años; quiere volver al país, pero en el consulado le han informado que si ingresa al país ya no puede salir, ¿ Qué recurso debe presentar y donde o ante que autoridad o institución?
La Reniec tiene el DNI “ cancelado por fallecimiento “
El articulo 22 del Código Procesal Constitucional establece:
La sentencia que ordena la realización de una prestación de dar, hacer o no hacer es de actuación inmediata. Para su cumplimiento, y de acuerdo al contenido específico del mandato y de la magnitud del agravio constitucional, el Juez podrá hacer uso de multas fijas o acumulativas e incluso disponer la destitución del responsable. Cualquiera de estas medidas coercitivas debe ser incorporada como apercibimiento en la sentencia, sin perjuicio de que, de oficio o a pedido de parte, las mismas puedan ser modificadas durante la fase de ejecución.
Presente
Presente
Siendo el objeto del habeas corpus retrotraer al estado anterior de la pretensión, en el caso de una detención arbitraria, supuesta detención por flagrancia. ¿Si se ha emitido la resolución de prisión preventiva hay sustracción de la materia?
¿Puede explicar con un ejemplo la sustracción de la materia? ¿se puede declarar sustracción dela materia en cualquier etapa del proceso?
presente
Dr. buenas noches, si una demanda de Habeas Corpus presentado como un Recurso de Agravio Constitucional, es rechazado por infundado, a dónde debo recurrir y mediante una queja o demanda, muchas gracias
Presente
Presente
Buenas tardes
Presente
Presente
Presente…!
Presente