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AVISO IMPORTANTE 1
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Clase1.1
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SESIÓN 1: CONTROL SOCIAL Y POLÍTICA CRIMINAL 2
Expositor: Luis Pacheco Mandujano
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Clase2.1
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Clase2.2
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SESIÓN 2: TEORÍAS DE LA PENA 1
Leer aviso
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Clase3.1
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SESIÓN 3: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL I 2
Expositor: Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase4.1
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Clase4.2
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SESIÓN 4: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL II 2
Expositor: Joseph Trujillo Choquehuanca
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Clase5.1
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Clase5.2
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SESIÓN 5: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL III 2
Luis Alejandro Yshií Meza
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Clase6.1
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Clase6.2
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SESIÓN 6: TEORÍAS DE LA PENA 2
Luis Pacheco Mandujano
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Clase7.1
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Clase7.2
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SESIÓN 7: ACCIÓN I 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase8.1
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Clase8.2
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SESIÓN 8: ACCIÓN II 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase9.1
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Clase9.2
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LIBRO DE TEORÍA DEL DELITO | FRANK ALMANZA Y OTRO 1
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Clase10.1
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SESIÓN 9: TIPICIDAD 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase11.1
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Clase11.2
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SESIÓN 10: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase12.1
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Clase12.2
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SESIÓN 11: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase13.1
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Clase13.2
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SESIÓN 12: IMPUTACIÓN SUBJETIVA I 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase14.1
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Clase14.2
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SESIÓN EXTRA: IMPUTACIÓN SUBJETIVA II I 7:30 p. m. a 9:30 p. m. 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase15.1
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Clase15.2
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SESIÓN 13: ANTIJURIDICIDAD 2
Alonso Raúl Peña Cabrera Freyre
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Clase16.1
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Clase16.2
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SESIÓN EXTRA: CULPABILIDAD 2
Alonso Peña Cabrera Freyre
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Clase17.1
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Clase17.2
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SESIÓN 14: PUNIBILIDAD (clase reprogramada) 1
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Clase18.1
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SESIÓN 15: CONCURSO REAL E IDEAL 2
James Reátegui Sánchez
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Clase19.1
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Clase19.2
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SESIÓN 16: AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN 2
Jefferson Moreno Nieves
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Clase20.1
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Clase20.2
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SESIÓN GRATUITA DE REFORZAMIENTO: TEORÍA DEL DOMINIO DEL HECHO 2
Diego Fernando Palomino-Florez
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Clase21.1
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Clase21.2
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SESIÓN 17: LEY PENAL EN EL TIEMPO 2
Iván Meini (PUCP)
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Clase22.1
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Clase22.2
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SESIÓN 18: LEY PENAL EN EL ESPACIO 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase23.1
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Clase23.2
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SESIÓN 19: TEORÍA DEL DELITO APLICADA A PERSONAS JURÍDICAS 2
Miguel Abel Souto (Universidad de Santiago de Compostela, España)
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Clase24.1
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Clase24.2
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SESIÓN 20: DETERMINACIÓN DE LA PENA 2
Jorge Pérez López
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Clase25.1
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Clase25.2
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SESIÓN 21: CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PENA: PRESCRIPCIÓN 2
Susan Segura Valenzuela
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Clase26.1
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Clase26.2
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SESIÓN 22: CLASE MAGISTRAL SOBRE LA TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Miguel Polaino-Orts (España)
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Clase27.1
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Clase27.2
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SESIÓN 23: PUNIBILIDAD 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase28.1
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Clase28.2
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SESIÓN 24: CONSECUENCIAS ACCESORIAS 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase29.1
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Clase29.2
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SESIÓN 25: REPARACIÓN CIVIL 2
Expositor: Dante Heredia
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Clase30.1
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Clase30.2
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CLASE MAGISTRAL | IVAN MEINI MENDEZ 1
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Clase31.1
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CLASE MAGISTRAL | CÉSAR NAKAZAKI 1
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Clase32.1
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44 Comentarios
Presente
presente
presente
presente
una pregunta, en una ronda campesina donde esta integrado por profesores y personas que han terminado la secundaria, es aceptable que apliquen su justicia popular argumentado que son ronderos, y por ello agredan físicamente a una persona y la hacen caminar sin zapatos por toda la plaza de un pueblo, porque supuestamente habría hurtado ganados
Buenas tardes, esperando la 2da clase magistral del dr. Alonso Peña Cabrera Freyre.
Doctor en el caso de violencia familiar, he visto en las noticias que un menor de 16 años acuchillo a su padrastro en razón a que el hombre golpeaba brutalmente a su madre, y el día de los hechos en defensa de ella cogio el cuchillo y le acesto el cuchillo en la yugular y murió. El menor actuó en legítima defensa, porque se le interno por infracción a la ley penal?
JORGE ALBERTO EGOAVIL ABAD
PRESENTE
A qué hora es en la tarde ?
A la 1:45 p. m., colega
Dr. buenas tardes. habrá legitima defensa cuando un sujeto con arma de fuego (replica) comete un robo, pero agraviado logra repeler la acción y utilizando un arma de fuego lo mata.
Doctor Alonso Peña Cabrera buenos días, cual es la diferencia de la Responsabilidad penal en tema procesales y culpabilidad en temas sustancial con unos ejemplos; ¿y por segunda pregunta los inimputables cometen delito? Es una responsabilidad penal en tema procesal o culpabilidad sustancial, gracias.
Buenos días Doctor, se aplica legítima defensa de bienes jurídicos colectivos a la tortura a que es sometido un presunto terrorista y que como producto de este hecho declara la ubicación de una bomba que es desactivada a tiempo antes que explosione y cause la muerte o lesiones a decenas de personas inocentes.
Doctor Alonso Peña Cabrera buenos días, hasta que punto cabe sustentar la legítima defensa, cuando una persona ha sido objeto de robo agravado con arma de fuego de sus pertenencias, lo que conllevo al forcejeo de ambos y resulto un impacto de bala al agente que comete el delito.
Excelente ponencia Dr. En caso que una persona es agredida y amenazada y humillada psicologicamente en forma constante y reiterativa por su pareja; luego ante tanta agresion en una ocasion reacciona y le agrede fisicamente causandole la muerte a su agresor, se puede invocar legitima defensa o alguna otra causa de justificación o emocion violenta?
Buenas tardes dr, en el caso: Si A necesita medicamentos para salvar a su madre , por dicho motivo se acerca a una farmacia y obliga con un arma de fuego al servidor a entregar los medicamentos, es así que producto de la negación del servidor , A le dispara produciendo la muerte al servidor de la farmacia y logra llevarse los medicamentos . En este caso, se mantiene la causa de justificación de estado de necesidad?
DR. Ud. dijo que los tipos penales tienen normas primarias y normas secundarias. Puede ampliar ello.
ELEAZAR MEJIA OLIVAS.
El imputado podria invocar una causa de justificacion u otra eximente de responsabilidad penal durante la etapa intermedia o en el juicio oral o solo puede hacerlo en la investigacion preliminar o preparatoria y cual es la diferencia entre un estado de necesidad justificante y un estado de necesidad exculpante.
Dr. buen dia, le planteo el siguiente caso. El estado arrienda de juanito un inmueble para guardar bienes, sin embargo el estado incumple con la obligacion del pago de la renta. ahora bien, juanito como arrendador retiene los bienes guardados en el inmueble. pasan los años y le llega la notificacion fiscal sindicandole como complice extraneus por el delito de peculado por apropiacion. En el presente caso existiria alguna causa de justificacion de juanito?
Podria explicar en que consiste y cuales son sus presupuestos para que se configure las sgtes eximentes como es el miedo insuperable, el consentimiento por parte del titular de un bien juridico para lesionar dicho bien, el cometer un delito en cumplimiento de un deber o de la ley o en el ejercicio de sus funciones y la legitima defensa y si el delito de emocion violenta se produce por una fuerza fisica irresistible o un miedo insuperable o cual es el factor q desencadena este delito.
Dr. Peña Cabrera: por ejemplo si me encuentro en condiciones de poder repeler el ataque de unos asaltantes en la carretera y a fuego cruzado acabo con la vida de los 03 delincuentes, ello para salvar la vida de mi familia, porque la policía me enmarroca y me detiene como si yo fuera el delincuente si actúe en legítima defensa?. Es legítima defensa perfecta?
Las causas de justificacion de inculpabilidad y de no punibilidad se encuentra regulado en el articulo 20 del codigo penal como causas eximentes de responsabilidad penal o tambien estas causas estan en otros articulados del codigo penal.
doctor se puede invocar legitima defensa de terceros.
Dr.Alonso Peña muy buena ponencia, mi pregunta es la siguiente : En el caso de una mujer que da a luz a su primer hijo y sufre depresión perinatal, consecuencia de ello descuida su atención al bebé no le da de lactar y finalmente muere de inacción, porque sentía rechazo y no podía vincularse con el bb. La madre en su condición de garante comete el delito de omisión por comisión?, yo pienso que no es delito porque esta enferma, si se llegase a concluir que es culpable tendría medidas de seguridad? y en el caso del cónyuge que se dio cuenta que ella mostraba conductas extrañas y no hizo nada?.
doctor buenas tardes. en la denominada RIÑA se valido invocar la legitima defensa.
ARTURO GODOY AMAYA SUAREZ
SALAZAR JULCA JOSE EDUARDO
PRESENTE
PRESENTE
presente
Presente
Presente
presente
Buenos días
Buenos dias. Presente
Presente
Presente
A disfrutar de la experiencia y participación del dr. Peña Cabrera
Presente!.
Buenos días a la espera de la ponencia del dr. Alonso Peña Cabrera Freyre.
presente
Buenos dias, presente y en la espera del Dr. Peña