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AVISO IMPORTANTE 1
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Clase1.1
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SESIÓN 1: CONTROL SOCIAL Y POLÍTICA CRIMINAL 2
Expositor: Luis Pacheco Mandujano
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Clase2.1
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Clase2.2
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SESIÓN 2: TEORÍAS DE LA PENA 1
Leer aviso
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Clase3.1
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SESIÓN 3: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL I 2
Expositor: Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase4.1
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Clase4.2
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SESIÓN 4: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL II 2
Expositor: Joseph Trujillo Choquehuanca
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Clase5.1
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Clase5.2
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SESIÓN 5: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL III 2
Luis Alejandro Yshií Meza
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Clase6.1
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Clase6.2
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SESIÓN 6: TEORÍAS DE LA PENA 2
Luis Pacheco Mandujano
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Clase7.1
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Clase7.2
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SESIÓN 7: ACCIÓN I 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase8.1
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Clase8.2
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SESIÓN 8: ACCIÓN II 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase9.1
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Clase9.2
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LIBRO DE TEORÍA DEL DELITO | FRANK ALMANZA Y OTRO 1
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Clase10.1
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SESIÓN 9: TIPICIDAD 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase11.1
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Clase11.2
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SESIÓN 10: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase12.1
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Clase12.2
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SESIÓN 11: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase13.1
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Clase13.2
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SESIÓN 12: IMPUTACIÓN SUBJETIVA I 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase14.1
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Clase14.2
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SESIÓN EXTRA: IMPUTACIÓN SUBJETIVA II I 7:30 p. m. a 9:30 p. m. 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase15.1
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Clase15.2
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SESIÓN 13: ANTIJURIDICIDAD 2
Alonso Raúl Peña Cabrera Freyre
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Clase16.1
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Clase16.2
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SESIÓN EXTRA: CULPABILIDAD 2
Alonso Peña Cabrera Freyre
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Clase17.1
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Clase17.2
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SESIÓN 14: PUNIBILIDAD (clase reprogramada) 1
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Clase18.1
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SESIÓN 15: CONCURSO REAL E IDEAL 2
James Reátegui Sánchez
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Clase19.1
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Clase19.2
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SESIÓN 16: AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN 2
Jefferson Moreno Nieves
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Clase20.1
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Clase20.2
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SESIÓN GRATUITA DE REFORZAMIENTO: TEORÍA DEL DOMINIO DEL HECHO 2
Diego Fernando Palomino-Florez
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Clase21.1
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Clase21.2
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SESIÓN 17: LEY PENAL EN EL TIEMPO 2
Iván Meini (PUCP)
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Clase22.1
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Clase22.2
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SESIÓN 18: LEY PENAL EN EL ESPACIO 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase23.1
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Clase23.2
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SESIÓN 19: TEORÍA DEL DELITO APLICADA A PERSONAS JURÍDICAS 2
Miguel Abel Souto (Universidad de Santiago de Compostela, España)
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Clase24.1
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Clase24.2
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SESIÓN 20: DETERMINACIÓN DE LA PENA 2
Jorge Pérez López
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Clase25.1
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Clase25.2
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SESIÓN 21: CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PENA: PRESCRIPCIÓN 2
Susan Segura Valenzuela
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Clase26.1
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Clase26.2
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SESIÓN 22: CLASE MAGISTRAL SOBRE LA TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Miguel Polaino-Orts (España)
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Clase27.1
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Clase27.2
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SESIÓN 23: PUNIBILIDAD 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase28.1
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Clase28.2
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SESIÓN 24: CONSECUENCIAS ACCESORIAS 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase29.1
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Clase29.2
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SESIÓN 25: REPARACIÓN CIVIL 2
Expositor: Dante Heredia
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Clase30.1
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Clase30.2
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CLASE MAGISTRAL | IVAN MEINI MENDEZ 1
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Clase31.1
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CLASE MAGISTRAL | CÉSAR NAKAZAKI 1
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Clase32.1
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58 Comentarios
PRESENTE
presente
ARTURO GODOY AMAYA SUAREZ
¿Cuál es la diferencia entre dolo eventual y la comisión por omisión?
Dr., frente a un hecho delictuoso en FLAGRANCIA, inmediatamente, en el lugar de los hechos nace los derechos del imputado (Art. 71 del NCPP), qué corresponde en la escena del delito ¿la imputación policial o la imputación necesaria por el fiscal?
Buenas noches dr, en el caso : si un nieto(deber de garante) abandona a su abuela grave de salud que estaba bajo su cuidado por irse con su novia 1 semana , trayendo como consecuencia la muerte de la abuela por no tener asistencia. En este caso , se puede imputar el art. 125 del código penal por¿ comisión por omisión? o por ¿omisión pura?, gracias.
Excelente exposición profesor Almanza, en el caso de una conducta de comisión por omisión, cuando un padre de familia descuida a su hijo de 4 años en la calle y resulta atropellado por un taxi no muere el niño debido a que el taxista manejaba con los límites permitidos de velocidad establecidos por ley sin embargo el menor resulta con múltiples lesiones. Mi pregunta es dr. Frank allí la conducta del padre de familia es de comisión por omisión en su posición de garante por culpa?
En un caso donde en una intervención quirúrgica, se presume el hecho de que se ha quedado en cavidad una gasa ..Qué responsabilidad recae en el cirujano, y la enfermera responsables de la intervención quirúrgica?
DR. ALMANZA, EXCELENTE: LA CONDUCTA TIENE QUE SER VOLUNTARIA Y CONSCIENTE, LE PIDO QUE NOS EXPLIQUE PORQUE LA CONDUCTA TIENE QUE SER VOLUNTARIA Y CONSCIENTE, CON ALGUNOS EJEMPLOS
Porque no se imputa comunmente a las autoridades estatales por ejemplo, por omisiones impropias ej. los baches que producen accidentes de tránsito que producen daños, muertes, etc.
Dr., buenas noches, primero felicitarlo.
Segundo: para preguntarle con respecto al grave estado de inconciencia (ebriedad absoluta) ¿ es una exclusión de acción o una exclusión de culpabilidad?. Es un elemento en común, que pueda analizarse en ambos; o hay algún elemento que pueda diferenciarlo de uno y otro.
Tercero: En el ámbito fiscal y jurisdiccional la grave alteración de la conciencia lo analizan como exclusión de culpabilidad, a su consideración cree que ello se debe a que hay una texto normativo que pueda atribuírsele una norma que desarrolla mas especifico, a diferencia del poco estudio del análisis como forma de exclusión en la acción.
Gracias.
Doctor en el caso de la tragedia de la Discoteca de Comas, la condición de garante de la conducta omisiva quien la tenía: ¿el organizador de la fiesta?, ¿el dueño del local? o el Oficial de la Policía que dirigió la intervención?.Gracias
un gobernador regional es garante de los ciudadanos de su region, frente al COVID 19, al no implementar las medidas sanitarias pudiendo hacerlo, toda vez que cuenta con presupuesto?
el dueño de un carro entrega su vehículo a otra persona para que realice el transporte de pasajeros, pero no le pregunta a esa persona si tiene su licencia de conducir, y este último al final no tiene licencia de conducir, además el vehículo no tenia autorización para el transporte de pasajeros. la pregunta es ¿que responsabilidad penal tendría el dueño del vehículo, si la persona a la que le entrego su vehículo ocasiono un accidente de transito con daños materiales, muerte y heridos?
Presente
¿Los padres de un hijo esquizofrénico deben asumir responsabilidad penal respecto de un hecho de daños que cometa el hijo o solamente responsabilidad civil?
Doctor excelente exposición, podríamos decir que estamos ante una omisión impropia cuando en un autobús una persona sufre un infarto, y las personas preguntan si hay algún medico presente, tu siendo medico, estando presente decides abstenerte de intervenir ya que conocías a la persona y tiempo atrás tuviste una riña con ella y le guardas un resentimiento y consecuencia de esto la persona muere.
Buenas noches estimado doctor,
Es posible investigar a un funcionario por omisión de funciones, pese a encontrarse investigado por delito de corrupción de funcionarios . Esto por el hecho que la omisión sería un indicio de su corrupción o únicamente debe ser investigado por corrupción. Gracias por su respuesta.
deber de garante
Dr., frente a un hecho delictuoso en FLAGRANCIA, inmediatamente, en el lugar de los hechos nace los derechos del imputado (Art. 71 del NCPP), qué corresponde en la escena del delito ¿la imputación policial o la imputación necesaria por el fiscal?
pero si es un salvavidas esta en la obligacion de hacerlo
de salvar la vida
la competencia de un jefe de recursos humanos es el otorgar posición de cargo a un personal nombrado (Tesorero) que al culminar su designación en otra entidad conforme al Decreto Legislativo 276; sin embargo, el jefe inmediato (Jefe de Administración) es denunciado penalmente por abuso de autoridad por no cumplir dicho requerimiento visto que en dicho cargo es desempeñado por otro servidor bajo otro régimen laboral, aun cuando este servidor se le otorga todos los derechos pero no la misma función que desarrollaba
Si considera que el delito de extorsión del artículo 200 del Código Penal debería configurarse en un momento anterior al cumplimiento de la obligación de la ventaja económica, por el solo hecho de amenazar o lesionar o dañar el patrimonio con el objeto de obligar el cumplimiento de la ventaja económica, a través de la intimidación, dado que se hace muy común las amenazas, mandar fotos de familiares, lesiones y poner granadas o provocar incendios para que las personas paguen la ventaja económica?
Buenas noches DR. En el presente, habría imputación de la comisión de lesiones culposas, si por fallas de un semáforo sucede un accidente de tránsito con lesiones graves de los pasajeros del taxi, siendo el conductor del otro vehículo como el que provoca el choque en una intersección; pero los lesionados imputan del delito de lesiones culposas a los dos conductores
la acción negativa
de la conducta es delito
Una mujer agrede a su hermana agarrándole de los brazos, la agredida en su defensa también le agarra de los brazos, en ese forcejeo la agresora se resbala cayendo de espadas, causándose lesiones en la espalda. La agresora denuncia a su hermana por agresiones contra la mujer y los integrantes del grupo familiar, el fiscal acusa y el caso llega a juicio, no hay testigos solo se tiene la declaración de agresora. ¿Puede el abogado alegar en su defensa ausencia de acción?
el examen clínico que realiza un licenciado en enfermería en el año 2001 en un pueblo alejado, puede tener valor legal para acreditar el delito de violación de una menor de edad que indica que la menor tenía el himen desgarrado?
Cuando se indica que el desgarro es antiguo o reciente, cuantos días deben haber pasado en cada caso desde la fecha del examen clínico?
Buenas noches dr. ¿porqué es imputable los delitos de emprendimiento ?
Cuando usted puso el ejemplo, que las Rondas Campesinas imponen una sanción sin siquiera verificar el elemento de culpabilidad pues lo hacen de manera intuitiva, pretende acaso que los ronderos para legitimas sus sanciones sean capacitados en temas de teoría del delito para aplicarlos?
Ello significaría interpretar de manera errónea y aislada el art. 149 de la Constitución y sin tener en cuenta el art. 18 inciso 3 del Código Procesal Penal y los alcances del Acuerdo Plenario 2- 2009 sobre Rondas Campesinas.
Dr. Almanza buenas noches:
CASUISTICA: Pedro transitaba en su vehículo auto por una vía nacional asfaltada, a velocidad permitida, llevando 4 adultos y dos niños, de pronto revienta uno de los neumáticos delanteros, perdiendo control del vehículo, se despista y vuelca, teniendo como resultado un fallecido y un herido grave:
1.- ¿SE PUEDE INVOCAR AUSENCIA DE ACCION POR FUERZA FISICA IRRESISTIBLE?. 2.- ¿se presenta un acto reflejo en Pedro cuando gira el timón para poder controlar el vehículo sin éxito?
JORGE ALBERTO EGOAVIL ABAD
PRESENTE
mi maestro, despues de tiempos me alegra verlo, pero aun no es ordenado en la pizarra, saludos.
Presente
Una pregunta Doctor: Los extraterrestres son inimputables, empero, como se consideraría matar a un extraterrestre, teniendo en cuenta que hasta los animales están protegidos en ciertos casos por la ley penal. Gracias
Buenas noches Doctor, habría conducta penal relevante en el caso del ataque de un animal ponzoñoso (araña o serpiente) que es introducido en una habitaciòn por alguien con el fin de dañar o causar la muerte a una persona determinada.
Cierto, muy cierto doctor Almanza, los estados de inconciencia son muy significativos
buenas tardes con todos
cierto
presente
PRESENTE
SALAZAR JULCA JOSE EDUARDO
PRESENTE
Presente
Buenas tardes, presente!
presente
Buenas tardes
presente
Buenas tardes con todos…
Buenas tardes presente
presente
Buenas tardes
Buenas tardes, presente.
presente
Presente
Buenas tardes. Presente
presente
Presente
presente
presente