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AVISO IMPORTANTE 1
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Clase1.1
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SESIÓN 1: CONTROL SOCIAL Y POLÍTICA CRIMINAL 2
Expositor: Luis Pacheco Mandujano
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Clase2.1
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Clase2.2
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SESIÓN 2: TEORÍAS DE LA PENA 1
Leer aviso
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Clase3.1
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SESIÓN 3: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL I 2
Expositor: Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase4.1
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Clase4.2
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SESIÓN 4: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL II 2
Expositor: Joseph Trujillo Choquehuanca
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Clase5.1
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Clase5.2
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SESIÓN 5: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL III 2
Luis Alejandro Yshií Meza
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Clase6.1
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Clase6.2
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SESIÓN 6: TEORÍAS DE LA PENA 2
Luis Pacheco Mandujano
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Clase7.1
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Clase7.2
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SESIÓN 7: ACCIÓN I 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase8.1
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Clase8.2
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SESIÓN 8: ACCIÓN II 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase9.1
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Clase9.2
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LIBRO DE TEORÍA DEL DELITO | FRANK ALMANZA Y OTRO 1
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Clase10.1
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SESIÓN 9: TIPICIDAD 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase11.1
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Clase11.2
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SESIÓN 10: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase12.1
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Clase12.2
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SESIÓN 11: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase13.1
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Clase13.2
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SESIÓN 12: IMPUTACIÓN SUBJETIVA I 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase14.1
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Clase14.2
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SESIÓN EXTRA: IMPUTACIÓN SUBJETIVA II I 7:30 p. m. a 9:30 p. m. 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase15.1
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Clase15.2
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SESIÓN 13: ANTIJURIDICIDAD 2
Alonso Raúl Peña Cabrera Freyre
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Clase16.1
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Clase16.2
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SESIÓN EXTRA: CULPABILIDAD 2
Alonso Peña Cabrera Freyre
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Clase17.1
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Clase17.2
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SESIÓN 14: PUNIBILIDAD (clase reprogramada) 1
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Clase18.1
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SESIÓN 15: CONCURSO REAL E IDEAL 2
James Reátegui Sánchez
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Clase19.1
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Clase19.2
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SESIÓN 16: AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN 2
Jefferson Moreno Nieves
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Clase20.1
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Clase20.2
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SESIÓN GRATUITA DE REFORZAMIENTO: TEORÍA DEL DOMINIO DEL HECHO 2
Diego Fernando Palomino-Florez
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Clase21.1
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Clase21.2
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SESIÓN 17: LEY PENAL EN EL TIEMPO 2
Iván Meini (PUCP)
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Clase22.1
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Clase22.2
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SESIÓN 18: LEY PENAL EN EL ESPACIO 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase23.1
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Clase23.2
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SESIÓN 19: TEORÍA DEL DELITO APLICADA A PERSONAS JURÍDICAS 2
Miguel Abel Souto (Universidad de Santiago de Compostela, España)
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Clase24.1
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Clase24.2
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SESIÓN 20: DETERMINACIÓN DE LA PENA 2
Jorge Pérez López
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Clase25.1
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Clase25.2
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SESIÓN 21: CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PENA: PRESCRIPCIÓN 2
Susan Segura Valenzuela
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Clase26.1
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Clase26.2
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SESIÓN 22: CLASE MAGISTRAL SOBRE LA TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Miguel Polaino-Orts (España)
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Clase27.1
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Clase27.2
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SESIÓN 23: PUNIBILIDAD 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase28.1
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Clase28.2
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SESIÓN 24: CONSECUENCIAS ACCESORIAS 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase29.1
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Clase29.2
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SESIÓN 25: REPARACIÓN CIVIL 2
Expositor: Dante Heredia
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Clase30.1
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Clase30.2
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CLASE MAGISTRAL | IVAN MEINI MENDEZ 1
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Clase31.1
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CLASE MAGISTRAL | CÉSAR NAKAZAKI 1
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Clase32.1
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40 Comentarios
presente
PRESENTE
presente
ARTURO GODOY AMAYA SUAREZ
Presente
Presente
ELEAZAR MEJIA OLIVAS –PRESENTE
JORGE ALBERTO EGOAVIL ABAD
PRESENTE
gracias
GRACIAS DR. REYNALDI.
Por ejemplo, en una relación de dos mujeres
Buenas noches Doctor, en que teoría se enmarca la corriente de justicia penal restaurativa que admite que el delito además de ser sancionado debe ser reparado, y en que casos sería idónea su aplicación.
Porque el ordenamiento jurídico para sancionar elabora el Derecho Penal y no existe lo mismo para Premiar?
Buenas noches Dr. excelente exposición, mi pregunta es la siguiente: ¿Es correcta la interpretación que realiza el Acuerdo Plenario N° 001-2016 acerca de que agente activo en el delito de feminicidio solo puede serlo el varón o viola el principio de legalidad, ya que la formula legislativa nos indica que el 108-B es un delito común?
Buenas noches Doctor, en el caso que expuso sobre un joven que acababa de cumplir 18 años había tenido relaciones consentidas con una menor de 13 años 11 meses, ¿por qué no es proporcional?
cual es el efecto de la reserva del fallo condenatorio
Se podría adecuar las teorias de las penas a la pena de cadena perpetua?
En un caso de violación sexual de un menor de edad, el muchacho tenía 21 años y la menor 13 años y 3 meses, las relaciones aparentemente fueron consentidas, se debe condenar al adulto en cualquier caso o se podría aplicar algún principio en que se pueda dar otra solución porque la pena es sumamente elevada?
Dr., saludos a vuestra excelente docencia desde la Ciudad Blanca, estando al Ne bis in idem penal y administrativo (Art. III TP CPP), en los casos de peligro común-conducción de vehículos, la policía inmediatamente aplica y acciona varias cuestiones administrativas, estando el caso en giro a cargo de la fiscalía ¿si la defensa diseña una estrategia idónea de inocencia del imputado cómo se articularía frente a los actos administrativos que realizó la policía y que conoce la fiscalía?
Buenas noches Dr. ¿Usted considera que el art.368 que impone una pena de 5 a 8 años por el mero incumplimiento de medidas de protección? Porque hay varios hechos de diferente festividad. Vulnera el principio de proporcionalidad legal y debería ser derogado.
Doctor Reynaldi buenas noches. Si se asume la teoría del bien jurídico ¿se puede afirmar que hay bienes jurídicos más importantes que otros (vida vs patrimonio por ejemplo)? Si la respuesta es afirmativa ¿se podría aplicar una pena menor a la prevista en el extremo mínimo de un tipo penal por cuanto el bien jurídico q protege es menos importante q otros tipos penales q protegen bienes jurídicos más importantes?
Buenas noches, es mi internet o no carga la señal en vivo de la clase de hoy.
Su internet, estimado colega.
presente
PRESENTE
presente angela daniela espinoza rojas
JOSE EDUARDO SALAZAR JULCA
PRESENTE
en el caso de la pena suspendida en su ejecución, qué función cumple la pena
Buenas noches Dr. y colegas
presente
Buenas noches. Presente.
En el caso de las prisiones preventivas ¿Cuáles serían las teorías aplicadas?
¿El derecho penal objetivo formal se refiere a la función?, pregunto esto porque en las diapositivas lo señala
BUENAS NOCHES DR.
Saludos desde Lima Dr. Reynaldi
disculpen y ¿que pasara con el tema de teorías del delito que no pudimos llevar el sábado pasado?
Colega, la clase será recuperada el martes 20 de octubre.
Bienvenida, colega. No es necesario colocar Presente, nuestro sistema lo reconoce automáticamente.
Felicitaciones por la ponencia. Saludos Dr. Roberto Carlos.