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AVISO IMPORTANTE 1
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Clase1.1
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SESIÓN 1: CONTROL SOCIAL Y POLÍTICA CRIMINAL 2
Expositor: Luis Pacheco Mandujano
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Clase2.1
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Clase2.2
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SESIÓN 2: TEORÍAS DE LA PENA 1
Leer aviso
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Clase3.1
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SESIÓN 3: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL I 2
Expositor: Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase4.1
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Clase4.2
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SESIÓN 4: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL II 2
Expositor: Joseph Trujillo Choquehuanca
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Clase5.1
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Clase5.2
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SESIÓN 5: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL III 2
Luis Alejandro Yshií Meza
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Clase6.1
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Clase6.2
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SESIÓN 6: TEORÍAS DE LA PENA 2
Luis Pacheco Mandujano
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Clase7.1
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Clase7.2
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SESIÓN 7: ACCIÓN I 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase8.1
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Clase8.2
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SESIÓN 8: ACCIÓN II 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase9.1
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Clase9.2
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LIBRO DE TEORÍA DEL DELITO | FRANK ALMANZA Y OTRO 1
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Clase10.1
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SESIÓN 9: TIPICIDAD 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase11.1
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Clase11.2
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SESIÓN 10: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase12.1
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Clase12.2
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SESIÓN 11: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase13.1
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Clase13.2
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SESIÓN 12: IMPUTACIÓN SUBJETIVA I 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase14.1
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Clase14.2
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SESIÓN EXTRA: IMPUTACIÓN SUBJETIVA II I 7:30 p. m. a 9:30 p. m. 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase15.1
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Clase15.2
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SESIÓN 13: ANTIJURIDICIDAD 2
Alonso Raúl Peña Cabrera Freyre
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Clase16.1
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Clase16.2
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SESIÓN EXTRA: CULPABILIDAD 2
Alonso Peña Cabrera Freyre
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Clase17.1
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Clase17.2
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SESIÓN 14: PUNIBILIDAD (clase reprogramada) 1
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Clase18.1
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SESIÓN 15: CONCURSO REAL E IDEAL 2
James Reátegui Sánchez
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Clase19.1
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Clase19.2
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SESIÓN 16: AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN 2
Jefferson Moreno Nieves
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Clase20.1
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Clase20.2
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SESIÓN GRATUITA DE REFORZAMIENTO: TEORÍA DEL DOMINIO DEL HECHO 2
Diego Fernando Palomino-Florez
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Clase21.1
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Clase21.2
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SESIÓN 17: LEY PENAL EN EL TIEMPO 2
Iván Meini (PUCP)
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Clase22.1
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Clase22.2
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SESIÓN 18: LEY PENAL EN EL ESPACIO 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase23.1
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Clase23.2
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SESIÓN 19: TEORÍA DEL DELITO APLICADA A PERSONAS JURÍDICAS 2
Miguel Abel Souto (Universidad de Santiago de Compostela, España)
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Clase24.1
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Clase24.2
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SESIÓN 20: DETERMINACIÓN DE LA PENA 2
Jorge Pérez López
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Clase25.1
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Clase25.2
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SESIÓN 21: CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PENA: PRESCRIPCIÓN 2
Susan Segura Valenzuela
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Clase26.1
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Clase26.2
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SESIÓN 22: CLASE MAGISTRAL SOBRE LA TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Miguel Polaino-Orts (España)
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Clase27.1
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Clase27.2
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SESIÓN 23: PUNIBILIDAD 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase28.1
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Clase28.2
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SESIÓN 24: CONSECUENCIAS ACCESORIAS 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase29.1
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Clase29.2
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SESIÓN 25: REPARACIÓN CIVIL 2
Expositor: Dante Heredia
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Clase30.1
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Clase30.2
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CLASE MAGISTRAL | IVAN MEINI MENDEZ 1
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Clase31.1
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CLASE MAGISTRAL | CÉSAR NAKAZAKI 1
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Clase32.1
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63 Comentarios
Presente
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PRECENTE
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Buenas tardes, En el delito de corrupción de funcionarios, un servidor publico o propiamente un funcionario puede tener la calidad de coautor o necesariamente tiene que ser autor cual seria la base legal.
LUIS PALACIOS EXCELENTE DISERTACION
Excelente exposicino, Dr YSHII¡¡
Felicitaciones Dr.. ¿Que futuro jurispruedencial prevee a la aplicacion de la circunstancia …de cometer el delito bajo los efectos de consumo de alcohol o droga en los delitos en que se ha considerado como circunstancia agravante?
Bns tardes doctor. En el caso de la aplicación del artículo 122-B del Código Penal, cuando se produce agresiones de uno de los cónyuges en contra del otro (es decir existiendo una relación familiar), es necesario acreditar que tales hechos se han producido en una contexto de poder, confianza, etc., como exigen algunos jueces, o basta acreditar la existencia de una relación familiar?. Le pregunto ello porque el artículo 122-B sólo exige que la agresión se produzca en cualquiera de los contextos previstos en el primer párrafo del artículo 108-B, siendo uno de ellos “la violencia familiar” y otro distinto el contexto de “abuso de confianza, poder, etc.”.
Agrega a mi pregunta. Como Circunstancia atenuante privilegiada?
Buenos días Dr. Yshii. Gracias por su excelente ponencia. Una pregunta: La ley 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, fue modificada por D.Leg.1386, modificando entre otros, el artículo 19, que antes de dicha moficatoria exigía al fiscal a recabar la declaración de un menor en Cámara Gesell como prueba preconstituida, y con dicha modificatoria, desde setiembre del 2018, actualmente exige al fiscal que recabe la declaración como prueba anticipada. La pregunta es: Se podría solicitar la aplicación retroactiva de la ley a efectos de que se recabe la declaración de un menor como prueba anticipada, pese a que ya se había hecho como prueba preconstituida por no serle favorable dicha declaración al imputado?
El Dr. Prado Sadarriaga no considera a la Tentativa como circunstancias atenuante privilegiada. Cual es su opinión al respecto?
Por que no hicieron mi pregunta al docente?
El codigo penal de 1991, no deroga expresamente las normas penales anteriores a esta. Esto implica que podrian estar vigente ? Por ejemplo el delito de ejercicio ilegal de la abogacia?
con las reglas de la participación en un delito, a titulo de que se le atribuye un hecho al alguien que es dueño de un vehículo y le entrega a otra persona sin preguntarle si tiene licencia o no de conducir, y este ocasiona un accidente de transito con muerte y lesiones
Doctor excelente exposición, no me quiero quedar con la duda ante la inconsistencia en las leyes penales sobre delitos de feminicidio, lesiones, violación que expuso en caso de que el sujeto activo actúa bajo estado de inconciencia por efectos de sustancias toxicas o ebriedad, el operador que debe aplicar al final, será como atenuante o como agravante
Alcanza la retroactividad a la ley Intermedia más favorable?
Buen día Doctor, sabe usted cual es la valoración mayoritaria respecto a los dias de incapacidad Medico legal 10 x10 actualmente ?
Doctor buenos dias , en el caso del delito de denuncia falsa , y el delito de calumnia , si una persona es victima de una falsa imputacion de una denuncia que resulta archivada , es posible que esta persona accione mediante una querella , si tenemos en cuenta la configuracion del tipo penal de calumnia “el que atribuye falsamente un delito a otro”
Buenas tardes, Doctor. Excelente exposición. En el caso específico del delito de feminicidio ¿se viola el principio de minima intervención al recurrir al derecho penal con la creación de este tipo penal de prima ratio y sin una politica social bien elaborada? Y además ¿ viola el principio de legalidad este tipo penal que a la letra señala “el que mata a una mujer por SU CONDICIÓN DE TAL”?
Buenas tardes hice dos preguntas y no las veo
Colega, sus preguntas fueron respondidas por el profesor puede revisar el vídeo
DR. EXCELENTE DISERTACIÓN, ¿ANTE UN CASO COMO ES EL ESTADO DE EBRIEDAD COMO AGRAVANTE Y EXIMENTE O ATENUANTE DE RESPONSABILIDAD, COMO DEBE PROCEDER EL JUEZ?
Buenos días, falta de técnica legislativa en la dación de las leyes que soluciones propone el expositor ante este grave problema.
Felicitaciones Dr. Ishi. hace mucha falta entender el Derecho penal, como lo entiende y hace entender.
Dr., execelente, para preguntarle: ¿Cuánto tiempo promedio debe pasar entre la ley derogada y la nueva ley, para solicitar una ley favorable, que no afecte al sub principio de ley previa?
Ejemplo, cuando se dio la ley de pena efectiva en el art. 122-B, dos días después hubo el primer caso de violencia, entonces ya operaba esa ley o, podía aplicarse la anterior ley que regulaba la pena suspendida.
Gracias.
felicitaciones por la exposición Dr. Porque se recurre al derecho penal para buscar paz social cuando esta tarea le corresponde al Estado a través de las políticas públicas?
Excelente exposición, muchas gracias al Dr. Ysií.
por favor, nos puede compartir los cuadros de modificaciones de los tipos penales usadas en su exposición.
pregunta. ¿
Es posible hablar de un activismo judicial en materia penal frente a la existencia de las dificultades de las normas penales que se presentan de manera contradictoria y antitecnicas?
La última ratio debe ser aplicada por el legislador o por el operador del derecho (juez , fiscal ya en el caso concreto)
ELEAZAR MEJIA OLIVAS
Buenos días Doctor, gracias por su excelente ponencia. Mi consulta es ¿El delito de Homicidio por emoción violenta, regulado en el artículo 109° del C.P cumple con el principio de legalidad? Dado que no, a mi punto de vista, no está definido a que se refiere por “Emoción violenta”
Buenos días Doctor, una consulta: Alcanza la retroactividad a ley Intermedia más favorable?
Buenos días Doctor, excelente ponencia, una consulta, indicó que por ejm existen eximentes imperfectas a las cual se le puede disminuir la pena por debajo del mínimo legal y claro no se indica cuánto se debe disminuir. En ese sentido según su criterio cuánto se debería disminuir? y si se disminuye la pena, que son causales de disminución de la punibilidad o circunstancias atenuantes privilegiadas o son lo mismo?
Dr. ¿Por qué dejar de lado el principio de legalidad en el caso del artículo 24 y 25 del Código Penal?.
PRESENTE
Por favor OTRO EJEMPLO O CASO PRACTICO CON LA COMBINACION DE LEYES, Y COMO SE DEBE DEBE APLICAR UNA PENA CONCRETA A UN DETERMINADO CASO?
Profesor, buenos días
El Artículo 6 del Código Penal no contiene un título erróneo cuando habla del principio de combinación, dado que el análisis de la ley favorable al procesado, no debiera hacerse de la aplicación integral de cada norma en el tiempo, y no seccionarlas, para ver qué parte de cada una es más cnveniente de cada parte, porque eso desnaturalizaría la propia esencia de cada norma en su sentido integral para ser aplicada, por lo cual, no existiría una lex tertius, sino solo una ley aplicable?
presente
presente
ARTURO GODOY AMAYA SUAREZ
aplicacion temporalidad penal
Presente
buenos días , registro mi asistencia.
BUENOS DÍAS UN SALUDO A LOS COMPAÑEROS, AL DOCENTE Y A LA LP
Dr. sobre el ius puniendi del Estado. ¿El ius puniendi del estado está por encima de los derechos fundamentales de las personas?
Buenos días dr, efectivamente la población acude directamente al ámbito penal, cuando no todo conflicto compete a esta rama del derecho, teniendo en cuenta que el derecho penal tiene que aplicarse como ultima ratio. ¿Cree usted que eso ocurre porque las denuncias no tienen costo como sí cuando acudes al Poder Judicial que hay que pagar tasas judicial y derecho de notificación?
Presente
presente
Buen dia, Rosa Lizette Contreras Angeles presente
Buenos dias con todos los presentes.
Presente
Presente
Buenos dias, registro mi asistencia
JOSE EDUARDO SALAZAR JULCA
Buenos dias. Presente
Presente
PRESENTE