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AVISO IMPORTANTE 1
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Clase1.1
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SESIÓN 1: CONTROL SOCIAL Y POLÍTICA CRIMINAL 2
Expositor: Luis Pacheco Mandujano
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Clase2.1
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Clase2.2
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SESIÓN 2: TEORÍAS DE LA PENA 1
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Clase3.1
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SESIÓN 3: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL I 2
Expositor: Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase4.1
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Clase4.2
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SESIÓN 4: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL II 2
Expositor: Joseph Trujillo Choquehuanca
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Clase5.1
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Clase5.2
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SESIÓN 5: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL III 2
Luis Alejandro Yshií Meza
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Clase6.1
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Clase6.2
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SESIÓN 6: TEORÍAS DE LA PENA 2
Luis Pacheco Mandujano
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Clase7.1
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Clase7.2
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SESIÓN 7: ACCIÓN I 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase8.1
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Clase8.2
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SESIÓN 8: ACCIÓN II 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase9.1
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Clase9.2
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LIBRO DE TEORÍA DEL DELITO | FRANK ALMANZA Y OTRO 1
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Clase10.1
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SESIÓN 9: TIPICIDAD 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase11.1
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Clase11.2
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SESIÓN 10: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase12.1
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Clase12.2
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SESIÓN 11: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase13.1
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Clase13.2
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SESIÓN 12: IMPUTACIÓN SUBJETIVA I 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase14.1
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Clase14.2
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SESIÓN EXTRA: IMPUTACIÓN SUBJETIVA II I 7:30 p. m. a 9:30 p. m. 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase15.1
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Clase15.2
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SESIÓN 13: ANTIJURIDICIDAD 2
Alonso Raúl Peña Cabrera Freyre
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Clase16.1
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Clase16.2
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SESIÓN EXTRA: CULPABILIDAD 2
Alonso Peña Cabrera Freyre
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Clase17.1
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Clase17.2
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SESIÓN 14: PUNIBILIDAD (clase reprogramada) 1
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Clase18.1
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SESIÓN 15: CONCURSO REAL E IDEAL 2
James Reátegui Sánchez
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Clase19.1
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Clase19.2
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SESIÓN 16: AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN 2
Jefferson Moreno Nieves
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Clase20.1
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Clase20.2
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SESIÓN GRATUITA DE REFORZAMIENTO: TEORÍA DEL DOMINIO DEL HECHO 2
Diego Fernando Palomino-Florez
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Clase21.1
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Clase21.2
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SESIÓN 17: LEY PENAL EN EL TIEMPO 2
Iván Meini (PUCP)
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Clase22.1
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Clase22.2
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SESIÓN 18: LEY PENAL EN EL ESPACIO 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase23.1
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Clase23.2
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SESIÓN 19: TEORÍA DEL DELITO APLICADA A PERSONAS JURÍDICAS 2
Miguel Abel Souto (Universidad de Santiago de Compostela, España)
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Clase24.1
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Clase24.2
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SESIÓN 20: DETERMINACIÓN DE LA PENA 2
Jorge Pérez López
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Clase25.1
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Clase25.2
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SESIÓN 21: CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PENA: PRESCRIPCIÓN 2
Susan Segura Valenzuela
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Clase26.1
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Clase26.2
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SESIÓN 22: CLASE MAGISTRAL SOBRE LA TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Miguel Polaino-Orts (España)
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Clase27.1
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Clase27.2
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SESIÓN 23: PUNIBILIDAD 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase28.1
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Clase28.2
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SESIÓN 24: CONSECUENCIAS ACCESORIAS 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase29.1
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Clase29.2
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SESIÓN 25: REPARACIÓN CIVIL 2
Expositor: Dante Heredia
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Clase30.1
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Clase30.2
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CLASE MAGISTRAL | IVAN MEINI MENDEZ 1
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Clase31.1
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CLASE MAGISTRAL | CÉSAR NAKAZAKI 1
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Clase32.1
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34 Comentarios
PRESENTE
presente
Gracias por el curso
JORGE ALBERTO EGOAVIL ABAD
PRESENTE
Clase magistral Dr esperemos escucharlo pronto.
muchas gracias
Buenos días Doctor, muchas gracias por su exposición. En la ley peruana vigente sobre lavado de activos se establece la responsabilidad por este delito tanto al que conoce el orígen ilícito del dinero o bienes que se lavan cómo al que debía presumir ese orígen. A la luz de la imputación funcionalista, debe establecerse un rol especial a la persona a quien se le atribuye el deber de presumir la comisión de un delito?.
Con respecto a la autopuesta en peligro de la victima menciono dos ejemplos donde un joven le sirve a sus amigos un brebaje que tenia efectos alucinogenos y el primero a pesar de saber de este riesgo realizo dicha conducta y el otro caso es de la persona que murio envenenado por comer un pez globo y el camarero sabia de este riesgo en estos dos casos si bien la victima actuo con libertad los sujetos que facilitaron estos hechos no actuaron con dolo eventual o culpa conciente
el caso que menciono del camión que arrollo al ciclista que iba ebrio manejando en ese
sobre el particular, la responsabilidad es del camionero, porque el chofer del camión pudo advertir la situación irregular del ciclista, no comparto el criterio que no solo es la autopuesta en peligro
En el caso del camarero, si bien los conocimientos especiales no fundamentan la imputación, ante el hecho real e inminente de resultado desvalorado muerte, no se tendría un mínimo de deber de solidaridad (como un rol adscrito), inherente a toda persona, para que finalmente responda penalmente el camarero? – No es un caso similar al vendedor de cuchillos que vende el arma blanca a quien tiene a su víctima entre sus brazos.?
Buenos dias Dr, una consulta, en el Perú tenemos el delito de trafico ilegal de madera, el tipo señala “…adquirir madera cuyo origen ilegal conoce o puede presumirlo”, en el caso que el sujeto investigado adquirió la madera de una concesion forestal que contaba con todos sus planes de manejo y documentos oficiales expedidos por la autoridad forestal para poder comercializar la madera y posteriormente el sujeto tramita su propios documentos oficiales que acreditan la legalidad de su madera y estos le son otorgados con absoluta normalidad por la autoridad, pero posteriormente se determina que ha existido una irregularidad en el otorgamiento de las autorizaciones de la concesión forestal, considera que al sujeto investigado no se le puede imputar objetivamente dicho delito, en su filtro del principio de confianza, teniendo en cuenta que el sujeto confio en los documentos oficiales y en sus autoridades forestales?
Podria explicar cuales son los supuestos que excluyen o anulan la creacion de un riesgo no permitido y el incremento de un riesgo permitido y podria dar unos ejemplos de lo mencionado.
Podria explicar en que consiste el elemento descriptivo y el elemento normativo de la norma y cual es la relacion que guarda esto elementos con la norma primaria y norma secundaria de la norma y a que nos referimos cuando hablamos de los elementos objetivos y subjetivos en la tipo penal.
En el caso de un accidente de tránsito en cuanto a los roles y responsabilidades en un caso donde los agraviados son dos personas que conducían durante el Toque de Queda, sin casco y con alcohol en la sangre sin sobre pasar el mínimo invaden levemente el carril contrario donde pasaba una camioneta con un conductor en estado de hebriedad que sobrepasó con las justas el mínimo de alcohol en la sangre pero manejaba por su carril.
En este caso sería habría una autopuesta en peligro de la víctima? En tal sentido al no desequilibrar su rol de del chófer a pesar del estado de hebriedad, tendría que ser a suelto de la responsabilidad del accidente que tuvo como consecuencia la muerte de las personas que estaban en la moto.??
Cual es el concepto de ordenamiento juridico y cual es su relacion con el derecho y la norma juridica
Toda norma establece necesariamente un rol sea general o especifico o hay excepciones y en base a lo expuesto el derecho es el conjunto de normas juridicas que regula la conducta de los hombres en sociedad.
Pueden dejar sus preguntas para el profesor.
Presente
Presente
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Presente
Presente
PRESENTE
Se escucha bien
presente
Presente
Buenos días
Buen día, colegas. Vayan descargando la diapositiva de hoy: https://content.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2020/11/Sesi%C3%B3n-22-Miguel-Polaino-Orts.pdf
presente
Presente
Buenos días. Vuelvan a poner la música electrónica de espera.
ELEAZAR MEJIA OLIVAS
Presente
Presente
Colegas, en breve iniciamos con la sesión