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AVISO IMPORTANTE 1
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Clase1.1
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SESIÓN 1: CONTROL SOCIAL Y POLÍTICA CRIMINAL 2
Expositor: Luis Pacheco Mandujano
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Clase2.1
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Clase2.2
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SESIÓN 2: TEORÍAS DE LA PENA 1
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Clase3.1
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SESIÓN 3: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL I 2
Expositor: Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase4.1
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Clase4.2
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SESIÓN 4: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL II 2
Expositor: Joseph Trujillo Choquehuanca
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Clase5.1
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Clase5.2
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SESIÓN 5: PRINCIPIOS DEL DERECHO PENAL III 2
Luis Alejandro Yshií Meza
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Clase6.1
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Clase6.2
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SESIÓN 6: TEORÍAS DE LA PENA 2
Luis Pacheco Mandujano
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Clase7.1
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Clase7.2
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SESIÓN 7: ACCIÓN I 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase8.1
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Clase8.2
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SESIÓN 8: ACCIÓN II 2
Frank Almanza Altamirano
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Clase9.1
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Clase9.2
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LIBRO DE TEORÍA DEL DELITO | FRANK ALMANZA Y OTRO 1
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Clase10.1
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SESIÓN 9: TIPICIDAD 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase11.1
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Clase11.2
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SESIÓN 10: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Roberto Carlos Reynaldi Román
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Clase12.1
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Clase12.2
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SESIÓN 11: IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase13.1
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Clase13.2
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SESIÓN 12: IMPUTACIÓN SUBJETIVA I 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase14.1
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Clase14.2
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SESIÓN EXTRA: IMPUTACIÓN SUBJETIVA II I 7:30 p. m. a 9:30 p. m. 2
Romy Alejandra Chang Kcomt
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Clase15.1
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Clase15.2
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SESIÓN 13: ANTIJURIDICIDAD 2
Alonso Raúl Peña Cabrera Freyre
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Clase16.1
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Clase16.2
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SESIÓN EXTRA: CULPABILIDAD 2
Alonso Peña Cabrera Freyre
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Clase17.1
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Clase17.2
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SESIÓN 14: PUNIBILIDAD (clase reprogramada) 1
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Clase18.1
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SESIÓN 15: CONCURSO REAL E IDEAL 2
James Reátegui Sánchez
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Clase19.1
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Clase19.2
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SESIÓN 16: AUTORÍA Y PARTICIPACIÓN 2
Jefferson Moreno Nieves
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Clase20.1
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Clase20.2
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SESIÓN GRATUITA DE REFORZAMIENTO: TEORÍA DEL DOMINIO DEL HECHO 2
Diego Fernando Palomino-Florez
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Clase21.1
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Clase21.2
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SESIÓN 17: LEY PENAL EN EL TIEMPO 2
Iván Meini (PUCP)
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Clase22.1
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Clase22.2
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SESIÓN 18: LEY PENAL EN EL ESPACIO 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase23.1
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Clase23.2
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SESIÓN 19: TEORÍA DEL DELITO APLICADA A PERSONAS JURÍDICAS 2
Miguel Abel Souto (Universidad de Santiago de Compostela, España)
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Clase24.1
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Clase24.2
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SESIÓN 20: DETERMINACIÓN DE LA PENA 2
Jorge Pérez López
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Clase25.1
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Clase25.2
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SESIÓN 21: CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA PENA: PRESCRIPCIÓN 2
Susan Segura Valenzuela
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Clase26.1
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Clase26.2
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SESIÓN 22: CLASE MAGISTRAL SOBRE LA TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA 2
Miguel Polaino-Orts (España)
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Clase27.1
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Clase27.2
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SESIÓN 23: PUNIBILIDAD 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase28.1
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Clase28.2
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SESIÓN 24: CONSECUENCIAS ACCESORIAS 2
Jorge Zúñiga Escalante
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Clase29.1
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Clase29.2
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SESIÓN 25: REPARACIÓN CIVIL 2
Expositor: Dante Heredia
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Clase30.1
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Clase30.2
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CLASE MAGISTRAL | IVAN MEINI MENDEZ 1
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Clase31.1
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CLASE MAGISTRAL | CÉSAR NAKAZAKI 1
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Clase32.1
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31 Comentarios
presente
Dr. Buenas tardes, muy buena explicación. Una pregunta como ejecutar la reparación civil a una empresa sac., familiar que no tiene patrimonio registrado, pero si el gerente a nombre propio?
FELICIDADES!!!! POR SU HONOMÁSTICO Y ESTA BUENA PONENCIA. GRACIAS!!!!!
Dr teniendo en cuenta que el actor civil puede formular solicitudes en salvaguarda de su derecho, conforme lo señala el art. 104 del cpp, se podría solicitar al juez penal en el mismo proceso penal que ordene un embargo de sus bienes para hacer efectivo el pago de la reparación civil?
Diferencia entre agraviado y perjudicado
Buenas tardes Dr:
Porque en la vía penal se pone una reparacion civil muy baja obligando al afectado o sus herederos lo hagan en la jurisdicción civil donde el juicio va a durar tantos años que el costo beneficio no justifica la duración del juicio.
Podriamos exigir el pago de una reparacion civil solo si se llega acreditar el vinculo de dependencia entre un tercero y el autor y este ultimo haya llegado a cometer el delito y sin que se presente los demas supuestos para que proceda la reparacion civil como es por dolo o culpa los cuales estan establecidos en el codigo civil.
¿La imposición de pago por concepto de reparación aplica sólo en caso de sentencias absolutorias o se aplica, de igual forma, a los casos de prescripciones de la acción penal y/o sobreseimientos?
Gracias.
Buenas tardes.
¿El pago íntegro de la reparación civil tiene que establecerse de manera expresa como regla de conducta para poder solicitar la revocatoria de la suspensión de la pena suspendida en caso de incumplimiento?
Gracias.
Es cierto que segun la jurisprudencia y leyes peruanas vigentes solo se puede exigir una reparacion civil en base a dos tipos de daños uno es la patrimonial que esta compuesto por el daño emergente y lucro cesante y la extrapatrimonual que esta compuesto por el daño a la persona o daño fisico y el daño psiquico o moral, y si es asi, los demas tipos de daños como el daño indirecto o el daño al proyecto de vida quedarian excluidos de la exigencia de una reparacion civil.
Buen tema Dr. podría decirnos cuáles son esas otras casaciones relevantes sobre el tema de reparación civil y tercero civil responsable que recomiende revisar? gracias.
Buenos días profesor, podría decirnos si hay alguna norma legal por la que el Estado le otorga cierto monto de dinero o indemnizatorio al agraviado o familiares del occiso de accidente de tránsito cuando no se logre identificar al autor del hecho, y si para esto es necesario constituirse en parte civil? o cual es el trámite que se debe realizar
Dr., primero felicitarlo y, segundo para aprovechar realizar las siguientes preguntas.
Si en un juicio sin actor civil el fiscal no ha presentado medio probatorio alguno respecto a la reparacion civil, el juez como debe fijar el cuantum de la misma.
Buena ponencia dr. Es correcto fijar la reparacion civil como regla de conducta en una sentencia suspendida o es quebe decretarse su incumplimiento bajo las reglas del codigo procesal civil.
presente
¿Cómo hacer efectivo el cumplimiento del pago del monto de la reparación civil en sentencias de absolución o pena suspendida?
Presente
Respecto a los elementos que configuran la reparacion civil el cual hizo mencion como es la antijuricidad, el factor de atribucion, entre otros, estos mismos elementos son exigibles tanto en sede penal y civil para que se configure la reparacion civil y podria explicar en que consiste la proscripcion de la responsabilidad objetiva en sede penal y porque la misma no esta prohibido en sede civil.
Dr en un proceso por libramiento indebido, iniciado por una denuncia de parte del agraviado, este, posteriormente en su solicitud de constitución en actor civil, solo indico que debía resarcirse el daño causado con el pago de la suma de dinero dejada de cobrar, mas no indicó expresamente un pedido de indemnización, es posible que en juicio oral el abogado del actor civil, a parte de requerir el mencionado monto dejado de percibir, solicite oralmente una indemnización? dejando a criterio del juez la fijación del monto indemnizatorio?
El articulo 93 del codigo penal menciona que la reparacion civil comprende la restitucion del bien o el pago de su valor y la indemnizacion por daños y perjuicios en este caso el autor debera cumplir con ambos requisitos o solo bastara con satisfacer una de ellas para que se tenga por cumplida la reparacion civil y podria explicar suscintamente en que consiste estos dos requisitos de la reparacion civil y dar ejemplos
presente
Cuales son los derechos y facultades que tiene el actor civil y tercero civilmente responsable en el proceso penal y cuales serian las consecuencias juridicas o desventajas que pudiera tener el agraviado sino se constituye en actor civil y respecto a lo que menciono que tiene derecho a una reparacion civil no solo el directamente ofendido por el delito sino tambien el perjudicado economicamente por el delito en este ultimo supuesto en la actualidad se suele resarcir economicamente a dichos sujetos en el marco del proceso penal peruano.
presente
Presente
Dr podría explicar respecto al impedimento de acudir a la vía extra-penal por parte del actor civil, establecido en el art. 106 del cpp.
Dr buenas tardes, en que se diferencia y de que depende la incorporación al proceso de las personas jurídicas segun el art. 90 del cpp, del tercero civil responsable previsto en el art. 111 del cpp?
Presente
ELEAZAR MEJIA OLIVAS
Presente.
Presente
presente