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BIENVENIDOS AL DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y GESTIÓN PÚBLICA 2
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Clase1.1
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Clase1.2
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SESIÓN N° 1 : DERECHO ADMINISTRATIVO Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 2
Expositor: Paul Villegas Vega
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SESIÓN N° 2: TEORÍA GENERAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO 2
Expositor: Jose María Pacori
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SESIÓN N° 3: TEORÍA DE LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO 2
Expositor: Victor J. Lizárraga Guerra
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SESIÓN N° 4: ACTOS ADMINISTRATIVOS: VALIDEZ Y EFICACIA 2
Expositor: Alberto Cairampoma Arroyo
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SESIÓN N° 5: ACTOS ADMINISTRATIVOS: EJECUCIÓN Y REVISIÓN 2
Expositor: Jose María Pacori
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SESIÓN N° 6: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 2
Expositor: Paul Villegas Vega
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SESIÓN N° 7: SILENCIO ADMINISTRATIVO 2
Expositora: Laura Francia Acuña
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SESIÓN N° 8: PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO I 2
Expositor: Jorge Danos Ordoñez
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SESIÓN N° 9: PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO II 2
Expositor: Hugo Alonzo Navarro
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SESIÓN N° 10: EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TRILATERAL 2
Expostor: Jose María Pacori
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PRIMERA EVALUACIÓN DEL DIPLOMADO 1
Martes, 3 de noviembre de 2020 a las 9 p.m.
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Clase12.1
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SESIÓN ADICIONAL: TALLER DE ASPECTOS PRÁCTICOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y SILENCIO ADMINISTRATIVO 1
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SESIÓN N° 11: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR 2
Expositora: Tania Zuñiga Fernández
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SESIÓN N° 12: POTESTAD SANCIONADORA Y TRAMITACIÓN DEL PROCESO 2
Expositor: Victor Lizárraga
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SESIÓN N° 13: PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, CULPABILIDAD E IRRETROACTIVIDAD 2
Expositor: Rubén Márquez García
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SESIÓN N° 14 : EJECUCIÓN Y REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO 2
Expositora: Janeyri Boyer Carrera
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SESIÓN ADICIONAL : AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA 1
Expositor: Hugo Alonzo Navarro
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SESIÓN N° 16 : GESTIÓN PÚBLICA Y POLÍTICAS PÚBLICAS 2
Expositora: Tania Zuñiga Fernández
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SESIÓN N° 17 : GESTIÓN POR RESULTADOS 2
Expositor: Javier Lingán Guerrero
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SESIÓN N° 18 : GESTIÓN DE LA INVERSIÓN PÚBLICA Y RECURSOS 2
Expositor: Javier Lingán Guerrero
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SESIÓN ADICIONAL: GESTIÓN POR PROCESOS 1
Expositor: José Selem Novoa
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SESIÓN N° 19 : CONTROL GUBERNAMENTAL 2
Expositor: Carlos Renzo Olivera Gonzales
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SESIÓN N° 20 : TALLER SOBRE LOS REGÍMENES LABORALES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 2
Expositor : Javier Paitán
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SESIÓN N° 21 : TALLER SOBRE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR 1
Expositor: Ramón Huapaya
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SESIÓN N° 22 : TALLER SOBRE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO 1
Expositor: Ramón Huapaya
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SESIÓN N° 23 : TALLER SOBRE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 1
Expositor: Carlos Torres Zavala
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SESIÓN N°24 :TALLER DE DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 1
Expositor: Jorge Perez López
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Clase28.1
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EVALUACIÓN FINAL SÁBADO 5 DE DICIEMBRE 1
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SESIÓN ADICIONAL: LA SANCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1
Expositor: Orlando Vignolo Cueva
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SESIÓN ADICIONAL: NUEVOS ENFOQUES EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 1
Expositor: Christian Guzmán Napuri
2 Preguntas
3 años atrás
Envio confirmación al aula virtual para las clases virtuales del martes 13.
3 años atrás
Presente
Profesor ¿qué opina usted de los proyectos de ley sobre eliminar el CAS en toda la administración pública?
gracias
Buenas noches, presente.
Buenos días, presente.
Dr.
Danos
Gracias por su ponencia
HAY QUE PRESENTAR UN RECURSO DE RECONSIDERACION, CONTRA ESTE DIPLOMADO
LA PRÓXIMA CLASE PREGUNTO QUE ES EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO
Enriquecedora exposición del Dr.
SIEMPRE PASA LO MISMO
Es una pena que las sesiones no puedan ser interactivas!!! Se ahorraría el tiempo de leer las preguntas!!
Excelente información. Gracias
Gracias Dr.!!! Brillante exposición!!!
Muchas gracias. Excelente ponencia.
Se fue el audio…
Presente
Favor revisar audio que se va y viene ,no entendiendose las respuestas.
se fue el audio
Estimado Jorge : QUE OPINAS CON LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DE CONSORCIO REQUENA, LA CUAL DEJO SIN EFECTO LA FACUTAD QUE TENIAN LOS TRIBUNALES ADMINISTRATIVO NO REALICEN CONTROL DIFUSO? De un lado, la sentencia del TC les recuerda a los tribunales u órganos administrativos que deben ceñirse a los principios constitucionales, pues deben cumplir los artículos 38° y 51° de la Constitución, pero de otro lado, deja sin efecto la base jurisprudencial que les permitía inaplicar normas que entraban en contradicción con la Constitución. Resulta paradójico que sea el mismo TC el que señale que el que haya dejado sin… Read more »
Dr buenas noches, en el caso de un laudo arbitral favorezca a un contratista y luego la parte perdedora que es la entidad acude al poder judicial vía proceso contencioso administrativo para controlar la legalidad del laudo y la sentencia confirmó el laudo arbitral dando la razón al contratista, sin embargo, sobre los mismos hechos existió un proceso penal por colusión en el que finalmente se sentenció condenando al contratista y funcionarios, entre otras razones irregulares, porque según dijeron el poder judicial puede controlar la legalidad de los laudos, pese a que el laudo ya había sido controlado conforme lo… Read more »
Qué tipo de recurso debe plantearse ante el PJ para que la deuda sea cancelada o, al menos amparada dentro de los 5 años que señala el TC?
Puede exigirse que el PJ ordene que la administración presente un cronograma de pagos, a partir del presupuesto estatal (de un gobierno regional, por ejemplo?)
En cuanto a ejecución forzada sobre cuentas bancarias de entidades del Estado, como podemos saber cuáles son de dominio público y cuáles son de dominio privado!??
¿Considera Ud. Que a traves del proceso de cumplimiento por omision se puede peticionar la ejecución de un mandamus contenido en una norma infralegal? O ¿Solo se puede demandar via cumplimiento el mandato contenido en una norma con rango de Ley en sentido Formal?
El T.U.O del proceso contencioso señala que estan exonerados que agotar la via adminadministrativa las pretensiones vinculados al contenido esencial del derecho a la pensión y si bien el TUO no define cuando estamos ante un contenido esencial, el TC ha señalado, entre otros, que no forma parte de ella las relacionadas al recalculo de la pensión, por tanto una demanda sobre recalculo de pension si debiera exigirse agotar la via administrativa a traves del Tribunal Administrativo Previsional. No Obtante la sendas Casaciones, la Corte Suprema asume el criterio que en dichos supuestos no es exigible el agotamiento de la… Read more »
¿Considera Ud. que es posible declarar la nulidad de un acto administrativo que declara la nulidad de oficio de otro acto administrativo, este ultimo expedido cuando ya venció en exceso el plazo legal para ejercer la potestad invalidatoria, aun cuando el demandante no haya cuestionado ni sea objeto de discusion en el proceso dicha causal?
¿Hay excepciones para la exigencia del agotamiento de la vía administra?
Si el silencio administrativo negativo no genera un acto administrativo, sino que estamos ante un actuar de la administración ¿Corresponderia que la misma se impugne en sede judicial a través de su declaración de contraria a derecho?. Es comun encontrar demandas y decisiones judiciales que solicitan su nulidad y las declaran como resoluciones fictas negativas, respectivamente.
Dr.¿ existe alguna relacion entre la nulidad de oficio y la competencia territorial del proceso contencioso?
Por otro lado Dr, en que porcentaje la entidad hace uso de la nulidad de oficio.
Gracias y muy buena exposicion 😊😊😊😊😊😊
Buenas noches, presnete
Buenas noches Dr. excelente ponencia, tengo una pregunta ¿Cuándo o como se agota la vía administrativa de una Resolución de Asamblea Universitaria?
En relación a las impugnaciones vía PCA de las nulidades de oficio, que se debe entender por el requisito sine qua non de la vulneracion al interés público??? Es suficiente que el acto cuya nulidad se va a declarar contravenga una ley para considerar que con ello se vulnera el interés público?? He observado que la 1ra. Sala de Derecho Constitucional y Social en un caso indicó que la contravención a la ley implica la vulneración al interés público, eso es correcto a la luz del precedente vinculante 8125-2009 del Santa??
En caso de impugnar un Silencio Administrativo Negativo, la pretensión sería sólo y únicamente el reconocimiento o restablecimiento del derecho que se le ha vulnerado al dministrado, o se tendría que plantear la nulidad de una resolución ficta y el correspondiente reconocimiento o restablecimiento??
Es aplicable al PCA de cumplimiento, los requisitos mínimos que ha establecido el TC en el Exp. 168-2005 PC/TC Caso Maximiliano Villanueva Valverde para un proceso de cumplimiento en la vía constitucional?? He visto que muchos jueces lo citan para declara la improcedencia de las demandas de cumplimiento en este PCA.
¿El juez en lo contencioso administrativo podría disponer la indemnización del administrado por una determinada acción? Por ejemplo, en un proceso contencioso administrativo sobre reposición judicial (si la ley otorgará la factibilidad de disponer en su lugar la indemnización), el proceso contencioso administrativo sería idóneo para efectuar vía ejecución de sentencia la indemnización?
Estimado maestro buenas noches!! Mi pregunta es: es legal y constitucional que en un PCA donde se solicitó la nulidad de una resolución de nulidad de oficio, y consiguientemente un reconocimiento de un derecho como pretensión accesoria, se ampare la pretensión principal de nulidad, empero de declare improcedente la pretensión accesoria y por el contrario se ordene a la administración que observando el debido procedimiento y el derecho de defensa del demandante (que es lo que se cuestionó en la demanda) se vuelva a declarar la nulidad de oficio del acto que reconocía derechos al demandante?
HOLA JORGE: DESEO FELICITARTE POR ESTA CLASE MAGISTRAL . DESEO HACERTE UNA PREGUNTA EN LA CASACION 8560 -2013 La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente Resuelve CAS. N° 8560-2013 LIMA SUMILLA: Cuando no se ha cuestionado oportunamente un acto administrativo conforme lo establece el artículo 9° de la Ley N° 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General-, constituye un acto administrativo firme, y en tanto no haya sido declarada nulo en sede administrativa o judicial, resulta de obligatorio cumplimiento para la administración ello de acuerdo al principio de ejecutoriedad con el que se encuentra premunido todo acto administrativo firme.… Read more »
Estimado colega, con todo respeto, debería resumir su pregunta, es interesante, pero se tomará demasiado tiempo en sólo dar lectura a su pregunta!! Gracias!!
Dr.¿ Que es actuacion material?
¿Cuál es el plazo para interponer acción contenciosa administrativa en contra de la resolución ficta por silencio negativo?
Doctor, buenas noches. Es posible que me pueda dar un ejemplo de declaración administrativa, ya que, es considerada como actuación impugnatoria.
Presente
Dr. Danos.
Es posible que un Laudo Arbitral pueda ser llevado al Proceso Contencioso Administrativo cuando dicho laudo arbitral debería ejecutarse para su cumplimiento ?
Disculpe Dr., usted cree que es posible ir a la vía contencioso administrativa si un órgano de un municipio (Subdirección de Fiscalización) declaró el consentimiento de su Resolución de sanción antes del vencimiento del plazo para poder impugnar??
Presente Lp
presente
Buenas noches Dr. Un servidor al declararse nula su sancion administrativa, solicita pago de daños y perjuicios, siendo denegada en instancia administrativa, en la judicial demanda a los servidores que lo sancionaron, a quien le corresponderia demandar, lo servidores que en cumplimiento de funciones sanciono al servidor puede ser demando como persona natural, habria abuso de autoridad?
Maestro Danós, grande satisfacción su magistral exposición. Gracias, Legis.pe. Solicito su comentario respecto a la evasión del Tribunal del Servicio Civil, recurrente, facilista y transgresora del principio ad hominem, en su calidad de última instancia administrativa, de retrotraer el proceso disciplinario ante la obvia constatación del irrespeto al principio de tipicidad, a la misma entidad sancionadora, sin cumplir con su deber de pronunciarse sobre los demás fundamentos y medios probatorios respecto a otras transgresiones a más principios fundamentales, ofrecidos suficientemente por el apelante. No se pronuncia, siendo su deber. La casuística revela que los procedimientos disciplinarios devienen en armas de… Read more »
no hay diapositivas?
Presente
Presente
Buenas noches Dr. Danós, respecto del arbitraje, si bien es cierto que es una vía obligatoria cuando existen controversias contractuales con el Estado, la decisión final en dicha vía no puede ser impugnada vía judicial?
presente