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BIENVENIDOS AL DIPLOMADO EN DERECHO ADMINISTRATIVO, PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y GESTIÓN PÚBLICA 2
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Clase1.1
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Clase1.2
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SESIÓN N° 1 : DERECHO ADMINISTRATIVO Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 2
Expositor: Paul Villegas Vega
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SESIÓN N° 2: TEORÍA GENERAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO 2
Expositor: Jose María Pacori
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SESIÓN N° 3: TEORÍA DE LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO 2
Expositor: Victor J. Lizárraga Guerra
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SESIÓN N° 4: ACTOS ADMINISTRATIVOS: VALIDEZ Y EFICACIA 2
Expositor: Alberto Cairampoma Arroyo
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SESIÓN N° 5: ACTOS ADMINISTRATIVOS: EJECUCIÓN Y REVISIÓN 2
Expositor: Jose María Pacori
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SESIÓN N° 6: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 2
Expositor: Paul Villegas Vega
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SESIÓN N° 7: SILENCIO ADMINISTRATIVO 2
Expositora: Laura Francia Acuña
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SESIÓN N° 8: PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO I 2
Expositor: Jorge Danos Ordoñez
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SESIÓN N° 9: PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO II 2
Expositor: Hugo Alonzo Navarro
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SESIÓN N° 10: EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TRILATERAL 2
Expostor: Jose María Pacori
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PRIMERA EVALUACIÓN DEL DIPLOMADO 1
Martes, 3 de noviembre de 2020 a las 9 p.m.
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Clase12.1
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SESIÓN ADICIONAL: TALLER DE ASPECTOS PRÁCTICOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y SILENCIO ADMINISTRATIVO 1
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SESIÓN N° 11: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR 2
Expositora: Tania Zuñiga Fernández
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SESIÓN N° 12: POTESTAD SANCIONADORA Y TRAMITACIÓN DEL PROCESO 2
Expositor: Victor Lizárraga
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SESIÓN N° 13: PRINCIPIOS DE LEGALIDAD, CULPABILIDAD E IRRETROACTIVIDAD 2
Expositor: Rubén Márquez García
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SESIÓN N° 14 : EJECUCIÓN Y REVISIÓN DEL PROCEDIMIENTO 2
Expositora: Janeyri Boyer Carrera
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SESIÓN ADICIONAL : AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA 1
Expositor: Hugo Alonzo Navarro
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SESIÓN N° 16 : GESTIÓN PÚBLICA Y POLÍTICAS PÚBLICAS 2
Expositora: Tania Zuñiga Fernández
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SESIÓN N° 17 : GESTIÓN POR RESULTADOS 2
Expositor: Javier Lingán Guerrero
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SESIÓN N° 18 : GESTIÓN DE LA INVERSIÓN PÚBLICA Y RECURSOS 2
Expositor: Javier Lingán Guerrero
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SESIÓN ADICIONAL: GESTIÓN POR PROCESOS 1
Expositor: José Selem Novoa
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SESIÓN N° 19 : CONTROL GUBERNAMENTAL 2
Expositor: Carlos Renzo Olivera Gonzales
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SESIÓN N° 20 : TALLER SOBRE LOS REGÍMENES LABORALES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 2
Expositor : Javier Paitán
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SESIÓN N° 21 : TALLER SOBRE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR 1
Expositor: Ramón Huapaya
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SESIÓN N° 22 : TALLER SOBRE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO 1
Expositor: Ramón Huapaya
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SESIÓN N° 23 : TALLER SOBRE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 1
Expositor: Carlos Torres Zavala
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SESIÓN N°24 :TALLER DE DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 1
Expositor: Jorge Perez López
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Clase28.1
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EVALUACIÓN FINAL SÁBADO 5 DE DICIEMBRE 1
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SESIÓN ADICIONAL: LA SANCIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 1
Expositor: Orlando Vignolo Cueva
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SESIÓN ADICIONAL: NUEVOS ENFOQUES EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 1
Expositor: Christian Guzmán Napuri
2 Preguntas
3 años atrás
Envio confirmación al aula virtual para las clases virtuales del martes 13.
3 años atrás
Presente
Estimados colegas, las diapositivas ya se encuentran en nuestra plataforma para su descarga. Saludos
Estimados colegas, las diapositivas de la sesión se subirán en el break, saludos cordiales.
presente
presente
Si el Tribunal del SERVIR es segunda instancia por el principio de competencia, ¿por qué de manera recurrente e indolente retrotrae procesos disciplinarios a la entidad, cuando el artículo 23, inciso d) de su Reglamento, manda que debe resolver sobre el fondo del asunto, de contarse con los elementos suficientes para ello?
Doctora, para que se ejecute una medida cautelar de secuestro por la Municipalidad, se quiere una autorización del Juez; o, lo realiza en virtud a su autotutela?
La Ley del procedimiento de ejecución coactiva, Ley n.º 26979, en su art. 16 inciso e, señala sobre la suspensión del procedimiento (…), se encuentre en trámite o pendiente de vencimiento un recurso adm. o una demanda contencioso administrativa presentada dentro del plazo establecido por ley contra el acto administrativo que sirve de título para la ejecución, a lo cual Ud. mencionó que dichos hechos no podrían suspenderse, en tal sentido a que se refiere dicha norma.
Buenas Noche Dra. Existe interrupción administrativa en la prescripción, si es así comienza a correr nuevamente el computo del plazo para prescripción administrativa?
Para computar el plazo de caducidad y prescripción se debe tomar en cuenta la suspensión de plazos dispuesto por el supremo gobierno por el COVID 19?
PRESENTE
Buenas noches doctora. Si en una resolución de inicio de PAD emitida por el órgano instructor competente, por error se coloco en la parte resolutiva que los descargos efectuados por el servidor deberán ser presentados a otro órgano diferente al que emitió la Resolución de inicio, es causal de nulidad?.
Dra. Buenas noches: Excelente ponencia.
¿Qué sucede si una autoridad contrario a la norma pertinente, remite una apelación a su “homólogo” que es de la misma jerarquía en otra ciudad, y ésta “resuelve” dicha apelación? ¿Se configura abuso de autoridad?
Dra. Buenas noches:
¿Qué ocurre si por defectos en la notificación (atribuibles a la Entidad Pública) no interpuse dentro del plazo legal mi recurso de apelación? ¿Podría recurrir a un proceso contencioso administrativo aún sin contar con la resolución que declara improcedente o infundado el recurso?
Buenas noches Dra., que pasa si el administrado presenta su recurso dentro del plazo pero no anexa nueva prueba ni alega cuestiones de puro de derecho, Como se debería interpretar su recurso?
Buenas noches, presente
Buenas noches, presente.
presente
Dra. Boyer la felicito por su clase ¿La pérdida de la ejecutoriedad de los actos administrativos sanciona la inactividad de la administración pública y, además, resguarda el principio de seguridad jurídica asegurando que los administrados no se encuentren indefinidamente en una situación jurídica subjetiva de desventaja frente al Estado. Por lo tanto, el artículo 204 inciso 1, del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General (LPAG) sanciona a la Administración Pública que no cumple sus propios actos y no puede interpretarse en el sentido de que es imposible ejecutar los actos que benefician a los administrados. Es decir, la… Read more »
La necesidad de contar con la autorización judicial, como ocurre en el caso de un descerraje ¿En qué medida limita o neutraliza la eficacia de la ejecución coactiva?
Por favor, si adjuntan las diapositivas. Gracias
Colega ya se pueden descargar. Saludos
Buenas noches Dra., excelente ponencia y muy entendible.
Mi pregunta es: ¿Cuál es el plazo de prescripción de la ejecución forzosa?
Doctora, muchas gracias por su exposición. Vencido el plazo de 60 días hábiles que establece el numeral 23.4 del TUO de la Ley 26979, al reiniciar el procedimiento coactivo, ¿el Ejecutor debe volver a apercibir al obligado para que cancele su deuda dentro del plazo de 7 días?, ¿o ya no es necesario este apercibimiento y vencido los 60 días el Ejecutor puede trabar medidas de embargo directamente?
Buenas Tardes
buenas noches, no se puede descargar diapositivas o no hay diapositivas?
presente
Buenas noches colegas!!