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BIENVENIDOS AL DIPLOMADO DE NUEVO CÓDIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL Y ARGUMENTACIÓN 1
LP-Pasión por el derecho
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Clase1.1
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SESIÓN 1: Teoría de los derechos fundamentales I 2
Oscar Pazo Pineda
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Clase2.1
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Clase2.2
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SESIÓN 2: Teoría de los derechos fundamentales II 2
Oscar Pazo Pineda
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Clase3.1
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Clase3.2
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SESIÓN 3: Principios de interpretación constitucional 2
Christian Donayre Montesinos
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Clase4.1
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Clase4.2
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SESIÓN 4: Test de proporcionalidad 2
Christian Donayre Montesinos
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Clase5.1
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Clase5.2
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SESIÓN 5: La actividad argumentativa 2
Enrique Sotomayor Trelles
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Clase6.1
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Clase6.2
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SESIÓN 6: Argumentación en sede constitucional 2
Evelin Chilo Gutiérrez
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Clase7.1
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Clase7.2
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SESIÓN 7: Título preliminar 2
Carlos Mesía Ramírez
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SESIÓN 8: Disposiciones generales I (hábeas corpus, amparo, hábeas data y cumplimiento) 2
Christian Donayre Montesinos
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Clase9.1
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Clase9.2
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SESIÓN ADICIONAL: Jurisdicción Internacional 2
Jimena Rodríguez Moscoso
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Clase10.1
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Clase10.2
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SESIÓN ASINCRÓNICA GRATUITA DE REFORZAMIENTO: ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHO 1
Christian Donayre Montesinos
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SESIÓN 9: Disposiciones generales II (hábeas corpus, amparo, hábeas data y cumplimiento) 2
Christian Donayre Montesinos
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Clase12.1
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Clase12.2
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SESIÓN 10: Medida cautelar 2
Carlos Quispe Astoquilca
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Clase13.1
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Clase13.2
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Sesión 10: Medida Cautelar (REPROGRAMADA) 2
Carlos Quispe Astoquilca
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Clase14.1
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Clase14.2
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SESIÓN 11: Medios impugnatorios 2
Vanessa Tassara Zevallos
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Clase15.1
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Clase15.2
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SESIÓN 12: Actuación y ejecución de sentencias 2
Ricardo Bolaños Salazar
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Clase16.1
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Clase16.2
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PRIMER EXAMEN 1
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SESIÓN 13: Disposiciones generales del hábeas corpus 2
Camilo Suárez López de Castilla
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Clase18.1
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Clase18.2
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SESIÓN 14: Derechos protegidos por el hábeas corpus 2
Reynaldo López Viera
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Clase19.1
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Clase19.2
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SESIÓN 15: Hábeas Corpus -Procedimiento 2
Guillermo Sevilla
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Clase20.1
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Clase20.2
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SESIÓN 16: Disposiciones generales del amparo 2
Oscar Pazo Pineda
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Clase21.1
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Clase21.2
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SESIÓN 17: Derechos protegidos por el amparo 2
Oscar Pazo Pineda
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Clase22.1
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Clase22.2
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SESIÓN 18: Procedimiento 2
Mosi Meza Figueroa
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Clase23.1
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Clase23.2
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ACTIVIDAD ACADÉMICA: PRIMER FORO DE DISCUSIÓN 1
LP - PASIÓN POR EL DERECHO
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Clase24.1
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SESIÓN 19: Disposiciones generales del hábeas data 2
Evelyn Chilo
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Clase25.1
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Clase25.2
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SESIÓN 20: Procedimiento 2
Dania Coz
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Clase26.1
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Clase26.2
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SESIÓN 21: Proceso de cumplimiento 2
Ricardo Bolaños Salazar
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Clase27.1
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Clase27.2
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SESIÓN 22: Disposiciones generales de la acción popular, inconstitucionalidad y competencial 2
Orlando Curaca Kong
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Clase28.1
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Clase28.2
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SESIÓN 23: Proceso de acción popular 2
Reynaldo López Viera
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Clase29.1
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Clase29.2
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SESIÓN 24: Proceso de inconstitucionalidad 2
Reynaldo López Viera
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Clase30.1
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Clase30.2
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SESIÓN 25: Proceso competencial 2
Candelaria Quispe Ponce
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Clase31.1
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Clase31.2
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SESIÓN 26: Tramitación en sede del Tribunal Constitucional 2
Mosi Meza Figueroa
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Clase32.1
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Clase32.2
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SEGUNDO EXAMEN 1
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Sesión adicional gratuita: Amparo Colectivo 1
Costanza Borea
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SESIÓN ADICIONAL GRATUITA: CONFERENCIA MAGISTRAL I 1
ESPINOSA-SALDAÑA
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SESIÓN ADICIONAL GRATUITA: CONFERENCIA MAGISTRAL II 1
Aníbal Quiroga León
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Teoría de los derechos fundamentales 1
Edgardo Rodríguez
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ACTIVIDAD ACADÉMICA: SEGUNDO FORO DE DISCUSIÓN 1
LP - PASIÓN POR EL DERECHO
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Clase38.1
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Principios del Título Preliminar del CPC 1
Omar Sar Suárez
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SESIÓN ADICIONAL GRATUITA: CONFERENCIA MAGISTRAL III (REPROGRAMADA) 1
Samuel Abad Yupanqui
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Recurso de Agravio Constitucional (RAC) 1
Omar Sar Suárez
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SESIÓN ADICIONAL GRATUITA: CONFERENCIA MAGISTRAL IV 1
Néstor Pedro Sagüés: La interpretación del derecho en el código procesal constitucional
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Proceso de Amparo 1
Vanessa Tassara
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: EL HÁBEAS CORPUS CONTRA RESOLUCIONES JUDICIALES 1
Susana Castañeda
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Reformas al Proceso de Hábeas Corpus en el Nuevo Código Procesal Constitucional 1
Jorge Zúñiga
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Proceso de Inconstitucionalidad (I) 1
Óscar Pazo Pineda
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Proceso de Inconstitucionalidad (II) 1
Óscar Pazo Pineda
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Acción Popular 1
Ricardo Bolaños
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SESIÓN ADICIONAL ASINCRÓNICA: Proceso Competencial 1
Óscar Pazo Pineda
5 Preguntas
2 años atrás
No pude participar en el primer foro. Estoy a la espera de las instrucciones del segundo foro para poder mejorar mi nota. El primer examen lo dí, pésimo. Agradeceré respuesta.
2 años atrás
Buenas noches Drs. representantes de Lp Pasión por el derecho, mis efusivas felicitaciones i mi gratitud eterna, por las clases adicionales que indudablemente reflejan la preocupación i el interés por la capacitación para quienes nos ponemos en las manos de Instituciones que prestigian a los hombres de Leyes, así resaltan i ponderan el nivel Institucional de vuestra representada, reitero mi agradecimiento que Dios bendiga .
2 años atrás
Todo muy bien. Muchas gracias.
Gracias por la ponencia Dra. Muy enriquecedora
Excelente ponencia
Dra. buenas noches, en un proceso sancionador donde sancionan a las empresas jurídicas, donde por extensión sancionan a los accionistas de esas empresas. El accionista sancionado puede presentar un amparo por haber sido sancionado sin haber tomado conocimiento del proceso sancionador y por vulnerar su derecho a defensa
Dra.buenas noches, gracias por su ponencia, Podria recalcarnos cuales son los materiales y los plazos de aplicar un amparo contra otro amparo?
Dra. buenas noches, deducir una excepción de incompetencia por materia es lo mismo a señalar que la demanda es improcedente por existir una vía igualmente satisfactoria?
Gracias por sus respuesta Dra., una consulta. En caso de que dos demandas de amparo pasibles de ser acumuladas sean interpuestas ante dos jueces diferentes, y uno de ellos quisiera acumular los casos, ¿es posible? ¿cuál sería el juez que vería el caso en caso puedan ser acumuladas? ¿se puede pedir la acumulación en cualquier parte del proceso o existe algún plazo? Muchas gracias.
Dra. Mosi, le suplico absolver la sgte. pregunta: En todo proceso de amparo debe delimitarse, el derecho fundamental violado, i determinar el acto lesivo, materia de control constitucional, requiriendo la identificación de quién i con qué se puede agraviar los derechos fundamentales del afectado objeto del acto lesivo, i en este extremo en el material de lectura se señalan, que existen controles; control amplio, control intermedio i control limitado de actos lesivos materia de protección, le ruego explicarnos sobre esos controles. Muchas gracias.
buenas noches si se presenta una acción de amparo y esta es infundada se puede apelar bajo otra vía’, podría especificar cual via es la mas razonable .
PROFESORA BUENAS NOCHES, POR FAVOR PODRIA PRECISAR EN UNA SENTENCIA FUNDADA DE AMPARO CON INTERESES LEGALES POR INFRACCIÓN AL DERECHO A LA SEGURIDAD SACIAL- PAGO DE SEGURO DE VIDA – PARA EL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS QUE HAYA PASADO A LA SITUACIÓN DE RETIRO. DESDE CUANDO DEBE COMUTASE EL PLAZO PARA EL CALCULOS DE LOS INTERESES, DESDE EL MOMENTO DEL ACTO INVALIDANTE O DESDE EL MOMENTO DE EL REQUIRIIENTO DEL OTORGAMIENTO DEL REFERIDO SEGURO DE VIDA A LA DEMANDADA.
Buenas noches Dra., que supuestos pueden hacer que una demanda sea declara inadmisible.
Felicitaciones a la Dra. Mosi Meza por la exposición. Finalmente cual es la diferencia principal en cuanto al procedimiento de amparo que aporta el Nuevo Código Procesal Constitucional frente al anterior Código derogado. gracias.
Doctora buenas noches, hizo referencia sobre el desistimiento, que no impedía que pudiera volverse a presentar la demanda, en este caso, el plazo de treinta días hábiles de notificada la resolución para interponer la demanda ya no resulta, se observe el plazo, será admitida, pese a que fue presentada la nueva demanda después de los treinta días ?
Buenas noches Dra. nos podría dar ejemplos de impedimentos en que el afectado no podría plantear su demanda dentro de los 60 días.
Estimada profesora, según el art 12 del Nuevo Código, entre la notificación de la contestación de la demanda y el día de la audiencia única debe mediar por lo menos diez días calendario. Si el juez notifica la contestación solo con 7 días de anticipación, ¿cuál sería la consecuencia por ese accionar antes de la audiencia? y si esta ya se lleva a cabo, ¿cuáles podrían ser las consecuencias después? Muchas gracias.
Buenas noches Dra. felicitaciones por su exposición brillante i didáctica, formulo la sgte. pregunta; si el Amparo es interpuesto contra resoluciones judiciales, dirigida contra 2 magistrados integrantes de la sala civil que participaron en la emisión de la resolución judicial cuestionada, i no obstante que NCPC, establece que no es requisito que los Magistrados sean notificados con la demanda, es procedente que éstos se abstengan salvaguardando su independencia e imparcialidad consustancial a todo Magistrado? Muchas gracias
Doctora buenas noches, en el caso de que nos encontramos en el desarchivamiento de un proceso de amparo en el cual se al demandante se le calculo sin tomar en cuenta sus doce ultimas remuneraciones de su renta vitalicia, este es declarado INFUNDADA basándose que este proceso ya tiene calidad de cosa juzgada y después de 10 años no se puede reabrir el proceso y pone una multa pecuniaria de 2 URPS tanto al demandante y al abogado y sala lo CONFIRMA; en este caso que se puede hacer en cuanto a la multa impuestos?
Muchas gracias por su ilustrativa exposición. Mi consulta tiene que ver con el proceso pero en segunda instancia. En el artículo 58 del anterior Código, en lo referente a la apelación, decía que elevado el expediente el juez superior daba tres días al demandante para que exprese sus agravios. Sin embargo, en art el 23 de este nuevo Código, solo dice que los abogados pueden solicitar informe oral luego de notificados con la resolución que fija fecha y hora para el día de la causa. ¿Deberíamos entender que los agravios deben presentarse en la solicitud de informe?
Dra. buenas noches. ¿puede explicarnos el plazo para interponer la demanda de amparo contra normas legales(autoaplicativas)?. ¿Hay una diferencia en el plazo que regulaba el Código Procesal Constitucional del 2004?
Dra. en cuanto a la tramitación del recurso de apelación, ¿el apelante debe fundamentar el recurso en segunda instancia, en ese caso lo haría con la presentación del la solicitud de informe oral, o es que queda exento de hacerlo y no esta obligado a presentar la fundamentación en ninguna etapa? y en relación a los agravios, estos se presentan a la segunda instancia, ¿se debe hacer al momento de la presentación de la solicitud de informe oral o en que momento de la tramitación en la segunda instancia se haría? Muchas gracias.
Si el juez al calificar la demanda de amparo advierte que del petitorio y relato factico , el demandante no lo enfoca dentro de un contenido constitucionalmente protegido ( Causal de improcedencia) ¡¿puede declararla inadmisible a efecto que el demandante la enfoque correctamente dentro de un contenido constitucionalmente protegido y si no cumple dentro del plazo con absolver la inadmisibilidad puede rechazarla conforme al artículo 49 del Código procesal constitucional? ,
En caso se interpone la inaplicación de una norma vía amparo y a la vez el Tribunal constitucional está conociendo paralelamente vía proceso de inconstitucionalidad su cuestionamiento constitucional ; El juez debe abstenerse de conocer el amparo invocando que el Tribunal debe pronunciarse previamente por ser el supremo interprete de la constitución ?
Muchas gracias por su exposición, mi pregunta es la siguiente, el artículo 12 que regula la tramitación del amparo sostiene que una vez admitida la demanda se establece fecha para la audiencia única y se corre traslado de la demanda a la otra parte, pero si con la contestación de la demanda el juez concluye que esta es improcedente emite sentencia inhibitoria prescindiendo de la audiencia, ¿eso quiere decir que en ese ultimo supuesto el juez debe dejar sin efecto la convocatoria a la audiencia que realizo en la admisión de la demanda?
Existe el amparo preventivo, con el fin de evitar un daño a futuro…