-
INDICACIONES GENERALES 1
LP - Pasión por el Derecho
-
Clase1.1
-
-
Sesión 1: Aspectos generales 1
Yván Saravia Quispe
-
Sesión 2: Violencia familiar 1
Yván Saravia Quispe
-
Sesión 3: Violencia de género 1
Victoria Suárez
-
Sesión 4: Marco jurídico internacional y ordenamiento jurídico nacional 1
Beatriz Ramírez Huaroto
-
Sesión 5: Ley 30364 1
Beatriz Ramírez Huaroto
-
Sesión 6: Violencia física 1
José Luis Pacheco de la Cruz
-
SESIÓN MAGISTRAL 1
Paula Siverino
-
Sesión 7: Violencia psicológica 1
Betsy Flores Sandoval
-
Sesión 8: Violencia sexual 1
José Luis Pacheco de la Cruz
-
Sesión 9: Desarrollo e interpretación del certificado médico legal 1
José Luis Pacheco de la Cruz
-
Sesión 10: Violencia económico - patrimonial 1
Yván Saravia Quispe
-
Sesión 11: Proceso especial de la ley 30364 1
Yván Saravia Quispe
-
PRIMER EXAMEN 1
-
Sesión 12: Medidas de protección 1
Juan Carlos del Aguila Llanos
-
Sesión 13: Medidas cautelares 1
Juan Carlos del Aguila Llanos
-
Sesión 14: Flagrancia 1
Jorge Zúñiga
-
SESIÓN ASINCRÓNICA: La prueba en los delitos de violencia familiar y los integrantes del grupo familiar 1
Jefferson Moreno Nieves
-
Sesión 15: Valoración de riesgo 1
Ylliana Mimbela Cuadros
-
Sesión 16: Delito de violación sexual I 1
Frank Almanza Altamirano
-
Sesión 17: Delito de violación sexual II 1
Frank Almanza Altamirano
-
Sesión 18: Otros delitos contra la libertad sexual 1
Jorge Pérez López
-
Sesión 19: Feminicidio 1
Jorge Pérez López
-
Sesión 20: Cámara Gesell 1
Patricia Ruiz
-
Sesión 21: Desarrollo de acuerdos plenarios en violencia familiar y delitos sexuales 1
Beatriz Ramírez Huaroto
-
SEGUNDO EXAMEN 1
-
Sesión adicional gratuita: Jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia de violencia contra la mujer 1
Candelaria Quispe Ponce
-
CLASE DE REFORZAMIENTO: PENSIÓN ALIMENTARIA 1
Manuel Bermúdez Tapia
Este contenido está protegido. por favor Inicia sesión y matricúlate en este curso para para este contenido!
Estimados colegas, estamos teniendo problemas de luz.
Mil disculpas, esperamos solucionarlo lo más pronto posible.
Muchas gracias por su comprensión.
Gracias
Que acciones se puede hacer cuando no estamos de acuerdo con el acta fiscal que determina la liberación del detenido
Dr. Caso de convivientes, donde el inmueble donde viven es un bien propio del supuesto agresor, que sentido tendría realizar un inventario de bienes en este caso del inmueble?
La Fiscalía en estos casos de violencia familiar no solicitan prisión preventiva, entonces le imponen comparecencia con restricciones solo dictado por la Fiscalía, sin Mandato Judicial?
Dr. buenos días. La detención por flagrancia en las grandes ciudades no tendrían tantos problemas, una pregunta ¿Si en una comunidad nativa se suscita un hecho de violencia contra la mujer, el agresor escapa y los miembros de la comunidad lo aprehenden después de 40 horas, ahora ellos se trasladan a pie hasta la comisaría competente, ya que no existe transporte terrestre, ni línea telefónica y por la lejanía del lugar lo ponen a disposición de la policía después de 12 horas, es decir habrían transcurrido ya 52 horas desde la comisión del delito, el arresto se dio a las… Read more »
Dr, buenos días, mi preguntas es: En qué tipo de violencia procede la detención policial en flagrancia? O es que tiene que calificar delito? Muchas gracias por la respuesta.
CUANDO A LA VECINA LA ESTA AGREDIENDO SU ESPOSO, EL VECINO SE PERCATA, Y LA ESPOSA LE PIDE QUE INGRESE, ROMPE LA PUERTA EL VECINO, INGRESA Y REDUSE AL ESPOSO. LLAMAN A LA POLICIA PARA Q INTERVENGAN ETC ETC. Y EL ESPOSO DENUNCIA AL VECINO POR HABER INGRESADO A SU DOMICILIO, QUE SUCEDERIA ? GRACIAS
Agradecida por su exposición, mi pregunta es el siguiente: Teniendo en cuenta que el concepto constitucional de familia comprende los diferentes tipos de familia como por ejemplo la unión de hecho y que la ley 30364 en la etapa de protección protege a las relaciones familiares que surgen entre uno de los convivientes y la familia del otro y viceversa, tal como se da en la familia matrimonial es decir el parentesco de afinidad, ¿porque entonces muchas veces estos casos que presentan esta particularidad “el parentesco de afinidad en la unión de hecho” no son dilucidados en sede penal por… Read more »
Dr. Buenos días excelente ponencia: Es lo mismo el plazo para la detención en flagrancia que el plazo de duración de la detención en flagrancia? No, es posible interpretar que el artículo 259° incisos 3 y 4 del Código Procesal Penal señala 24 horas como el plazo máximo para detener en flagrancia y el artículo 2 inciso 24 literal f) de la constitución está referido a la duración de la detención en flagrancia?
Dr. Jorge Zúñiga Agrádecerle por su excelente exposición, mi pregunta es la siguiente ¿Cuál es el actuar de la policía y fiscalía en casos de detención por parte de las rondas campesinas?
Teniendo en cuenta que en Carabaya región Puno, tienen detenido hasta ahora un confeso feminicida, quien ante las rondas campesinas confesó y llevo donde enterró a su esposa, y por falta de coordinación no pusieron al detenido ante dichas autoridades
Dr. buenos días, supongamos que la cónyuge luego de recibido llamadas y mensajes por wasap de parte de su pareja en que la insulta, denigra y otras cosas mas, va inmediatamente a la PNP y denuncia por violencia psicológica, procedería la detención en flagrancia? gracias por la respuesta.
Buenos días. Se cortó la transmisión y no logro restituir. Algún problema por parte de ustedes?