VER SEMINARIO 2
Expositor: Giammpol Taboada Pilco
- Clase1.1
- Clase1.2
Primera sesión de reforzamiento 1
Expositor: Giammpol Taboada Pilco
Segunda sesión de reforzamiento 1
Expositor: Juan Carlos Valdiviezo
Tercera sesión de reforzamiento 1
Expositor: Celis Mendoza Ayma
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Colegas, consignen sus preguntas. El doctor Valdivieso las responderá.
muchas gracias. exitos
En los Beneficios Penitenciarios en su articulo 11.1 dice que el expediente electrónico sera derivado al Juez de ejecución de la sentencia, es decir se tiene que entender el juzgado que tomo el caso desde un inicio o es otro juzgado creado para este tramite?
-A ese juzgado se podrá pedir el beneficio penitenciario si el INPE obvio a un interno que si calificaría para un beneficio penitenciario o en caso de que haya mucha demora para los tramites del expediente electrónico?
En los delitos excluidos en art. 2do. no esta comprendido el Articulo 298 Micro-comercialización, pero en
inciso l) indica que están comprendidos “Cualquier delito cometido en el marco de la Ley Nº 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, esto se debe entender que no procede la cesación de la prisión para estos internos que están imputado por el Art. 298 ?
Para la revision de oficio de las prisiones preventivas como debera evaluarse aquellos casos que se encuentren aun en etapa de investigacion preparatoria y que el fiscal justamente a raiz del estado de emergencia aun no culmina con su investigacion a efectos de concluir la misma y claro la prision se encuentra vigente y todavia no ha sido prolongada
La cesación por rogación por un delito de menor lesividad (hurto agravado) puede ser tramitado, con audiencia, por el juez de emergencia penitenciaria, o esta rogación sólo está habilitado para los jueces JIP para delitos graves (ejm robo agravado). gracias por su respuesta
En una MISMA sentencia concurren dos delitos los cuales son el articulo 296 y 279; y EN LA MISMA SENTENCIA lo condenan a 10 años POR LOS DOS DELITOS se podría solicitar BENEFICIOS PENITENCIARIOS ya sea SEMILIBERTAD O LIBERTAD CONDICIONAL y si podría acogerse al articulo N° 12 del DL 1513? Se les considera primario?
Presente
Una consulta en los casos de revision de oficio de las prisiones preventivas necesariamente el juez debe correr traslado tanto al MP como a la defensa tecnica y luego señalar audiencia para resolver o en todo caso el juez al verificar la no concurrencia de los criterios a tomar en cuenta podra pronunciarse por despacho archivando dicha revision.
El INPE a la fecha no remite la lista de internos para el cese de prisión por menor lesividad y remisión condicional de la pena (art. 2 y 6 D Leg 1513), pero los jueces de emergencia penitenciaria están recibiendo pedidos de parte, basándose en estos artículos. Este Juez qué debe hacer: a) El juez rechaza el pedido y remite el mismo al INPE a fin de que lo tenga en cuenta en la lista. b) Le da trámite y solicita al INPE informe si el interno está o va a estar en la lista señalado en el artículo 16… Read more »
PRESENTE